Ronaldo ya está en el juzgado para declarar por un fraude de 14,7 millones
La Fiscalía le investiga por cuatro delitos contra la Hacienda Pública, por ceder sus derechos de imagen a una sociedad radicada en un paraíso fiscal.
31 julio, 2017 11:12Noticias relacionadas
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El futbolista Cristiano Ronaldo ya está dentro del Juzgado de Pozuelo (Madrid) que le va a interrogar en calidad de investigado por cuatro delitos fiscales, que suman una cuota defraudad de 14,7 millones de euros. La 'estrella' del Real Madrid tendrá que responder a las preguntas de la juez, fiscal y abogado del Estado, que querrán conocer porqué no declaró sus derechos de imagen al fisco español.
El jugador del Real Madrid y de la selección portuguesa ha entrado por el garaje al juzgado. Ha contratado a una empresa de comunicación para hacer una rueda de prensa multitudinaria a su salida. Para la misma pidió permiso al Ayuntamiento de Pozuelo.
Ronaldo tendrá que decir simular la cesión de sus derechos de imagen a una sociedad llamada Tollin Associates LTD, domiciliada en Ias Islas Vírgenes Británicas y de la que era socio único, fue idea suya o de sus asesores fiscales. En este caso, el jugador señala a sus asesores como los responsables de la creación de una estructura defraudatoria tendrían que ser citados a declarar, también en calidad de investigados.
Cristiano Ronaldo forma parte de la órbita de jugadores del agente Jorge Mendes, investigado por colaborar en el fraude fiscal de otro de los jugadores, Radamel Falcao, investigado por hechos similares a los del jugador del Real Madrid. Mendes negó en el Juzgado que él hubiera asesorados a sus jugadores en la creación de estructuras societarias para no declarar a Hacienda sus derechos de imagen y así dejar de ingresar al fisco cantidades millonarias.
Sin embargo, su versión no fue creíble para los investigadores, dado que tanto en el caso de Falcao como en el de Ronaldo, las sociedades de Mendes tienen una participación activa para la ocultación del dinero. En el caso del jugador del Real Madrid, la sociedad Tollin Associates, a la cual el futbolistica habría decidido sus derechos de imagen, cedió a su vez la explotación de los derechos de imagen del futbolista a otra sociedad ubicada en Irlanda con el nombre de Multisports&Image Management LTD, propiedad de Mendes.
La Fiscalía sostiene que Ronaldo se ha aprovechado de una estructura societaria creada en 2010 para ocultar al fisco las rentas generadas en España por los derechos de imagen algo que supone un incumplimiento “voluntario” y “consciente” de sus obligaciones fiscales en España.
La denuncia, que se basa en el informe remitido a la Fiscalía por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), recuerda que en 2008 el futbolista confirió a su agente un poder para firmar un contrato de trabajo con el Real Madrid entre las temporadas 2009/2010 y 2014/2015 y que fue rubricado por ambas partes el 21 de junio de 2009. A raíz de ese contrato de trabajo Ronaldo trasladó un mes más tarde su residencia a España con lo que adquiría la condición de residente fiscal en nuestro país a partir del 1 de enero de 2010.
Mendes, en medio de la estructura
A su vez, el futbolista optó “expresamente”, en fecha 11 de noviembre de 2011, por el régimen fiscal español aplicable a los trabajadores desplazados al territorio español. En otras palabras, Ronaldo tendría que haber grabado en 2011 sus rentas obtenidas en suelo español al tipo del 24% y al tipo del 24,75% en los tres ejercicios posteriores. La Fiscalía apunta a que, sin embargo, tras confirmarle el Real Madrid el 12 de diciembre de 2008 las condiciones del contrato que se iba a formalizar meses más tarde, “y con la intención de obtener un beneficio fiscal ilícito cuando llegara a España”, simuló ceder sus derechos de imagen a una sociedad llamada Tollin Associates LTD, domiciliada en Ias Islas Vírgenes Británicas y de la que era socio único.
Dicha sociedad cedió la explotación de los derechos de imagen del futbolista a otra sociedad ubicada en Irlanda con el nombre de Multisports&Image Management LTD que, “efectivamente”, se dedicó a la gestión y explotación de los derechos de imagen del denunciado y sin que la sociedad ubicada en las Islas Vírgenes Británicas desarrollara actividad alguna, “haciendo que la previa cesión a ésta fuera completamente innecesaria y solamente tenía como finalidad la interposición de una pantalla para ocultar a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria la totalidad de los ingresos obtenidos por el denunciado por la explotación de su imagen”.
También alude la Fiscalía a que Ronaldo presentó en su declaración del IRPF del ejercicio de 2014 donde consignaba una rentas de fuente española entre 2011 y 2014 de 11,5 millones de euros, “cuando las rentas verdaderamente obtenidas de fuente española” fueron en esos tres ejercicios de casi 43 millones de euros. En esta declaración, además, calificó los rendimientos obtenidos como rendimientos de capital mobiliario y no como rendimientos derivados de actividades económicas lo que le permitió disminuir “considerablemente” la base imponible a declarar.
Ocultó 28 millones de euros
Por último la Fiscalía señala que Ronaldo no incluyó “voluntariamente” unos ingresos que la AEAT cifra en 28,4 millones de euros por derechos de imagen a otra sociedad a la que ya había cedido estos derechos entre 2015 y 2020 llamada Adifore Finance LTD que sólo operaba para territorio español.
La Fiscalía, conforme a los criterios de la Fiscalía General del Estado y de la jurisprudencia más reciente (Sentencia Tribunal Supremo de 24 de mayo de 2017, caso Jorge Horacio y Lionel Andrés Messi) presenta esta denuncia por los hechos narrados, a fin de que sean los Tribunales de Justicia los que diriman la relevancia penal de la conducta del deudor tributario. Según estos criterios, se considera fraudulenta “la interposición de un sujeto pasivo del impuesto diferente del real, ubicado en el extranjero, lo que favorece la ocultación de información a Hacienda”.
La Fiscalía se basa en la tesis del Tribunal Supremo, de que “la liquidación que se presenta por el contribuyente no es sino el final de un procedimiento construido desde antes para que se pueda lograr la ocultación de la base imponible real, con razonable esperanza de éxito para el defraudador”.