El 17 de septiembre de 2014 entró en vigor la Ley de Racionalización del Sector Público. Una ley por la que se modificaban diferentes aspectos de la legislación nacional y que en el caso del deporte establecía la creación de una Licencia Deportiva Única, una modificación de la Ley del Deporte de 1990 que desde el mismo momento de su publicación en el BOE se encontró con la oposición frontal de las aspiraciones de las federaciones autonómicas, especialmente las catalanas.
La Generalitat de Cataluña presentó un recurso de anticonstitucionalidad que este 12 de abril ha sido aceptado por el Tribunal Constitucional, por lo que las federaciones catalanas entienden la sentencia como un triunfo propio, más que de todas las federaciones autonómicas nacionales, la mayoría de ellas también en contra de la medida puesta en marcha por el Consejo Superior de Deportes (CSD), entonces dirigido por Miguel Cardenal.
La Licencia Deportiva Única pretendía habilitar a todo deportista a participar en cualquier competición oficial en cualquier ámbito territorial eliminando duplicidades y reduciendo trámites administrativos. Además, rezaba el texto publicado en el BOE, "se simplificarán las actuaciones en la tramitación de licencias de los deportistas, jueces, árbitros y clubes, mejorará la movilidad geográfica de los deportistas [...] y se abaratarán los costes asociados a la obtención de las licencias".
La reforma de la ley también entendía que esta nueva medida podría implicar que "las federaciones estatales podrían dejar de percibir ingresos por la expedición y homologación de las licencias de ámbito nacional" y por ello establecía que en tales circunstancias "las federaciones nacionales serán compensadas por las federaciones autonómicas por tales conceptos".
Estas modificaciones fueron entendidas por la Unión de Federaciones Deportivas de Cataluña (UFEC, en sus siglas en catalán) como un procedimiento del CSD para imponer una licencia que habilitase a sus deportistas a competir en el ámbito nacional aunque nunca lo hicieran, a comunicar los datos personales de sus deportistas a las diferentes federaciones nacionales y, sobre todo, a compartir los ingresos de tales licencias con las diferentes federaciones nacionales.
El TC ha decidido aceptar parcialmente el recurso presentado por la Generalitat y tumbar el artículo 23 de aquella ley al entender que el nuevo sistema de emisión de licencias federativas que quiso implantar el Consejo Superior de Deportes (CSD) no puede tener los efectos "horizontales" que pretendió porque la competencia en ordenación del deporte corresponde en exclusiva a las comunidades autónomas. Una sentencia contra la que no cabe recurso y que enfrenta ahora al deporte español a la marcha atrás en materia de licencias federativas.
Gerard Esteva, presidente de la UFEC, señaló en declaraciones al diario Ara que "el CSD intentó financiar las federaciones españolas a través del deporte base. [...] Las federaciones autonómicas han sufrido mucho por el sistema de licencia única durante tres años (desde su entrada en vigor en julio de 2015). No llevaba a ninguna parte y ahora veremos cómo se piensa hacer el resarcimiento". Según una encuesta de la propia UFEC, apenas el 30% de los deportistas catalanes disputan competiciones de ámbito nacional y serán únicamente ellos quienes pagarán la cuota correspondiente a las federaciones nacionales por su participación.
Desde el Consejo Superior de Deportes se ha visto la sentencia del Constitucional con buenos ojos y se ha aceptado de buen grado. Es más, cuando el CSD de Miguel Cardenal aprobó en 2014 la reforma de la ley de 1990, el actual Secretario de Estado para el deporte, José Ramón Lete, era el director de deportes de la Xunta de Galicia y como la mayoría de comunidades autónomas estaba bastante alineado con las tesis contrarias a la reforma de la ley.
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