Un campo de fútbol.

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Fútbol

Condenado a dos años de cárcel por agredir sexualmente a una de sus jugadoras

Además, el entrenador de un equipo navarrodeberá indemnizar a la víctima con 4.630 euros. Los hechos ocurrieron en Pamplona en julio de 2016.

30 noviembre, 2017 17:00

El titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Pamplona ha condenado a dos años de cárcel a un entrenador de fútbol por un delito de agresión sexual a una de sus jugadoras, a la que deberá indemnizar con 4.630 euros. Además, el agresor no podrá acercarse ni comunicarse con ella durante tres años.

La sentencia, que puede ser recurrida y que absuelve al acusado de un delito leve de lesiones, relata que los hechos ocurrieron en julio de 2016, cuando tras un partido del equipo el acusado se ofreció a acompañar andando a casa a la chica, de 17 años entonces, aunque primero aparcó el coche dentro del garaje de su casa, cercana a la vivienda de ella.

Cuando ambos se encontraban aún en el interior del vehículo, el acusado, "con ánimo lascivo", se abalanzó sobre la menor y la besó. Intentó después ponerse encima de ella, aunque, al no conseguirlo "le tocó los pechos y genitales por encima de la ropa".

La joven consiguió zafarse del entrenador metiéndole un dedo en el ojo, prosigue el relato del juez. La chica salió del vehículo pero el acusado volvió a agarrarla del brazo, la puso contra la pared y volvió a besarla y tocarle pechos y genitales. Ella se defendió con un puñetazo con el que consiguió zafarse.

La sentencia relata que como consecuencia de estos hechos la chica sufrió hematomas en ambos antebrazos, una herida superficial en la muñeca y otras erosiones superficiales.

Pese a que la defensa del acusado aducía que estas lesiones podían haberse producido durante la disputa del partido de fútbol que previamente había disputado la jugadora, la forense aseguró que eran propias de un forcejeo como el denunciado y el juez las utiliza como base para configurar el delito de agresión sexual y distinguirlo del de abuso sexual.

El magistrado considera la declaración de la denunciante "absolutamente coherente", mientras que aprecia en el acusado un cambio de versión en las dos ocasiones que declaró, ente la policía y en el juicio.