La Federación anuncia la normativa de las pausas para el enfriamento
Los jugadores podrán solicitar un parón si la temperatura supera los 30 grados en los meses de agosto, septiembre, mayo y junio.
16 agosto, 2018 18:28Noticias relacionadas
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La temporada se inicia este mismo fin de semana, pero el calor no ha abandonado aún tierras españolas, por lo que algunos partidos se disputarán en horas en las que el sol puede hacer de las suyas. Por tanto, la Real Federación Española de Fútbol ha anunciado la normativa a la que se deben plegar los equipos para solicitar una pausa para el enfriamiento de sus jugadores durante el choque.
La RFEF ha establece, a través de la circular número 12 de agosto de este mismo año, que en todos los encuentros de la temporada que se disputen en los meses de agosto, septiembre, mayo junio o incluso julio, cualquiera de los clubes que disputen un partido pueden solicitar al colegiado una pausa para enfriamiento. Eso sí, esto será posible siempre y cuando la temperatura fuera superior a los 30º y lo avisen con un mínimo de media hora de antelación.
En el caso de que un equipo solicitara el parón, pero el otro no, el árbitro tiene la potestad para acordar la pausa de enfriamiento tras valorar las condiciones climáticas "para la protección de la salud de los futbolistas y del propio equipo arbitral".
Los minutos de las pausas
Los equipos podrán solicitar estos parones durante los partidos, pero siempre y cuando se avisen con media hora de antelación. No obstante, también tienen que cumplir otro condicionante. Y es que las pausas serán implementadas por el colegiado a los 30 y a los 75 minutos de juego. El tiempo que se pierda durante estos minutos se sumará al final de cada mitad.
Por otro lado, estas pausas tendrán una duración máxima de tres minutos, aunque también puede ser a decisión del colegiado pero siempre sin superar el límite de tiempo establecido.