El Boletín Oficial del Estado ha publicado este domingo la Orden del Ministerio de Sanidad mediante la cual se aprueba el regreso a los entrenamientos de los deportistas profesionales y federados, de manera individual y bajo las premisas de "responsabilidad, prudencia y distancia de seguridad" que aconseja el departamento que comanda el ministro de Sanidad, Salvador Illa.
Siguiendo el plan para la transición hacia una nueva normalidad aprobado el pasado 28 de abril en Consejo de Ministros, este lunes entran medidas destinadas a flexibilizar restricciones establecidas tras la declaración del estado de alarma, entre las que se incluye el retorno a los entrenamientos de los deportistas profesionales y federados.
El deporte profesional regresa con la entrada en vigor de la 'Fase 0' de la desescalada y los deportistas profesionales y federados podrán entrenar desde el lunes de manera individual. Además, según indica el Consejo Superior de Deportes en un comunicado, las ligas profesionales podrán desarrollar entrenamientos básicos en sus centros de trabajo.
Para los denominados DAN (deportistas profesionales, de interés nacional y de alto nivel), su regreso a los entrenamientos se producirá "sin restricción alguna de horarios" y con el límite de espacio que marque la provincia en la que esté situada su vivienda. Sus entrenamientos podrán realizarse en el mar, los ríos o los embalses, con el material que necesiten "siempre y cuando se garantice la práctica en solitario".
Cualquier entrenador podrá seguir el trabajo de los deportistas manteniendo la distancia de seguridad de dos metros, a excepción de bicicletas y patines que será de diez metros. En este apartado resalta como mención especial los deportistas paralímpicos, que sí podrán contar con la ayuda de otro deportista sin necesidad de guardar la distancia de seguridad, aunque tendrán que entrenar con una protección adicional de mascarilla.
En el caso de las ligas profesionales, se permite el entrenamiento en centros propios de trabajo, con las medidas de protección e higiene que determina Sanidad. Para los deportistas federados se establecen dos franjas horarias, entre las seis y las diez de la mañana de cada día, y entre las ocho de la tarde y las once de la noche. Podrán entrenarse de manera individual.
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