El expresidente del FC Barcelona Josep Bartomeu niega haber cometido un supuesto cohecho por los pagos del club culé a José María Enríquez Negreira cuando éste era vicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA).
El pasado miércoles, el juez Joaquín Aguirre, instructor del llamado caso Negreira, imputó por este delito al Barça, a Bartomeu y a su antecesor, Sandro Rosell.
En un auto fechado el 28 de septiembre, el magistrado justificó esta decisión en que Negreira "tenía el concepto legal de funcionario", dado su cargo, cuando recibió los millonarios pagos del FC Barcelona. ¿Por qué? Porque el CTA, dependiente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), tenía un carácter público-privado.
Ahora bien, el abogado de Bartomeu, a lo largo de los 16 folios de su recurso, contradice esta valoración.
"La RFEF es una entidad privada que no forma parte del sector público", incide su letrado, José María Fuster Fabra, antes de negarle la condición de "funcionario o autoridad pública" a quien fuera número dos de los árbitros hasta 2018. "Este delito no es aplicable a las entidades de Derecho privado", asegura el abogado sobre el cohecho que el juez Aguirre atribuye a Bartomeu.
De hecho, tal y como subraya Fuster Fabra en su recurso dirigido a la Audiencia Provincial de Barcelona, los trabajadores de la RFEF se rigen por contratos laborales, no por un régimen funcionarial. "La manifiesta carencia probatoria parece haber llevado a la necesidad de modificar la calificación para mantener viva la causa", reprocha el abogado sobre esta decisión del instructor del caso Negreira.
"Trato desigual"
El magistrado, en aquel auto, también manifestó que los pagos millonarios del Barça a Negreira debieron provocar una "desigualdad en el trato con otros equipos". El abogado de Bartomeu también niega este extremo. "La evidencia de la inviabilidad de continuar por el camino de la corrupción de árbitros y de influir en resultados deportivos podría bastar para cerrar este proceso. No obstante, se ha optado por buscar una tipificación alternativa, la del cohecho", se queja el letrado de Bartomeu en su recurso de apelación.
Cierto es que la querella de la Fiscalía que inicia este caso recoge un supuesto delito de corrupción deportiva, sin mencionar el cohecho. El abogado de Bartomeu, además, señala que los pagos del Barça a Negreira respondieron al "asesoramiento" que prestó al club del árbitro jubilado y no al amaño de ningún partido o a un trato preferencial, como sí sospecha el juez de esta causa. "No hay un solo dato objetivo que lo corrobore", subraya el recurso.
"Lo único probado es que el señor Enríquez [Negreira] fue contratado para asesorar y valorar los encuentros de fútbol en los que participaba el FC Barcelona", añade. "Todo lo que la resolución impugnada dice acerca de influir en los árbitros que debieran intervenir en los partidos se pierde en una nebulosa de opiniones libres y carentes de base", concluye el abogado del expresidente del club culé.