La Sala Tercera del Tribunal Supremo considera probado con Dorna Sports, empresa que gestiona los derechos del mundial de MotoGP, y sus directivos Carmelo Ezpeleta y Enrique Aldama, simularon en los años 2003 y 2004 una compraventa de acciones para obtener ventajas fiscales y realizar un reparto de dividendos encubierto. Acciones que suponen una infracción grave a la Ley General Tribuaria.
En base a ello, el TS impone a ambos directivos de la empresa subsidiaria de Bridgepoint Capital CPP Investment Board la obligación de hacer frente a las liquidaciones del impuesto de sociedades e IRPF correspondientes a los dos ejercicios fiscales. Una cantidad que Hacienda ha calculado en 25,5 millones de euros con intereses de demora, aunque será calculada a la baja.
Además, el Supremo ha impuesto una multa de 6,6 millones de euros a Ezpeleta y Aldama al mediar ocultación en la infracción. La decisión, plasmada en 12 sentencias, supone que los socios de Dorna, con sus respectivas cónyuges en cada caso, deben pagar 3,9 millones de euros (Ezpeleta) y 2,7 millones (Aldama), en concepto de IRPF del año 2004.
La sentencia también establece que ambos cometieron una infracción grave por dejar de ingresar la correspondiente cuota tributaria, por lo que Hacienda deberá establecer contra ellos la correspondiente sanción administrativa.
En julio de 2010, la Inspección de Tributos le impuso al primero una sanción de 5,1 millones de euros, y al segundo otra de 1,2 millones, por considerar que la infracción tributaria era muy grave (no sólo habría mediado ocultación sino también medios fraudulentos), pero la Audiencia Nacional consideró, por el contrario, que era infracción leve. El Supremo ha estimado ahora parcialmente los recursos del abogado del Estado y establece que la infracción es grave (sí hubo ocultación pero no empleo de medios fraudulentos), por lo que Hacienda deberá volver a calcular ahora las dos sanciones impuestas en su momento.
Comunicado de Dorna Sports
Desde la empresa que gestiona el Mundial de MotoGP han querido expresar su opinión y manifestar su desacuerdo con la sentencia del Tribunal Supremo:"Dorna quiere manifestar su discrepancia con el contenido del fallo relativo a la calificación jurídico-tributaria como simuladas de operaciones de recapitalización apalancada (“leverage recapitalization”) realizadas en los ejercicios 2003 y 2004. Dichas operaciones son normales y frecuentes en las economías de nuestro entorno y plenamente válidas desde el punto de vista mercantil. Su calificación como no simuladas es reconocida incluso por varios magistrados del Tribunal Supremo que han manifestado expresamente su discrepancia con el contenido de las sentencias formulando los oportunos votos particulares a las mismas. Dorna está analizando diversas vías de actuación ante las citadas sentencias".