Los jueces abren un resquicio para castigar a los clientes de Eufemiano Fuentes
Tras más de diez años, algunas infracciones podrían no haber prescrito al existir expedientes suspendidos.
15 junio, 2016 01:55Noticias relacionadas
Pese a que llegó a anunciarse para noviembre de 2015, la sentencia definitiva sobre la operación Puerto no llegó hasta este martes a mediodía. Para muchos, demasiado tarde. Habían pasado ya algo más de tres semanas desde el 23 de mayo, el día en que se cumplieron diez años justos de las detenciones, los registros y la incautación de alrededor de dos centenares de bolsas de sangre, plasma y concentrados de hematíes pertenecientes a decenas de deportistas que recurrían a Eufemiano Fuentes, uno de los grandes gurús del dopaje sanguíneo.
La sentencia absuelve al médico canario y a su ayudante Ignacio Labarta, pero evita la destrucción de las bolsas que había decretado la jueza Julia Patricia Santamaría en su sentencia de 2013. El texto de este martes dicta que, para identificar a los clientes, se entreguen muestras de todas las bolsas a la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), la Unión Ciclista Internacional (UCI), el Comité Olímpico Italiano (CONI) y la Real Federación Española de Ciclismo (RFEC). Reabre así la posibilidad de poner nombre a decenas de bolsas de sangre que llevan más de una década aguardando en frigoríficos de Madrid y Barcelona.
Pero lo hace cuando ya han transcurrido los diez años de plazo de prescripción que marca el nuevo Código Mundial Antidopaje, por lo que no sería posible abrir expedientes administrativos a los deportistas que se identifiquen como resultado de cotejar el ADN de las muestras. Sin embargo, la propia sentencia apunta al resquicio que podría permitir sancionar a algunos de los propietarios de las bolsas.
En la página 91 de las 95 de que consta el documento, dice: “La RFEC por ello abrió expedientes disciplinarios contra determinados ciclistas que se suspendieron provisionalmente hasta la resolución de este procedimiento penal”. Según fuentes jurídicas conocedoras del caso consultadas por EL ESPAÑOL, esa suspensión de los expedientes habría detenido el reloj del tiempo de prescripción, por lo que para los deportistas afectados no se habrían cumplido aún los diez años mencionados en el Código Mundial. Hay varias decenas de deportistas y preparadores en esa situación.
INFORME 116
Poco más de un mes después de la operación Puerto, el grupo de la Guardia Civil que la llevó a cabo envió al juzgado de Instrucción número 31 de Plaza de Castilla el informe 116, que resumía los principales resultados de sus pesquisas, en particular los deportistas que habían identificados como clientes de Eufemiano Fuentes y su socio, el hematólogo José Luis Merino Batres. El documento terminaba pidiéndole al juez “trasladar los datos recogidos en el presente informe a las Autoridades Administrativas competentes, representadas en este caso, por el Consejo Superior de Deportes al objeto de proceda en caso de así estimarlo oportuno, a iniciar el correspondiente procedimiento administrativo y en su caso, la adopción de las medidas cautelares previstas en la actual legislación”.
Pocas semanas más tarde, el 18 de agosto de 2006, la RFEC de ciclismo comunicaba al teniente de la Guardia Civil Enrique Gómez Bastida (entonces al frente de la Puerto, hoy director de la Agencia Española para la Protección de la Salud en el Deporte) que, basándose en los datos del informe 116, habían “aperturado actuaciones reservadas” a 45 personas. Se trataba principalmente de ciclistas, como Óscar Sevilla, Michelle Scarponi, Unai y Aitor Osa, Roberto Heras, Isidro Nozal, Marcos Serrano, Francisco Mancebo, Joseba Beloki, Igor González Galdeano, Rubén Plaza y Alberto Contador, entre otros.
Además, la RFEC también comenzó a investigar entonces por los mismos hechos a Manolo Saiz (director deportivo del Liberty), Vicente Belda (director del Kelme), Ignacio Labarta (preparador físico) y Yolanda Fuentes (hermana de Eufemiano y médico del Kelme). A finales de octubre de ese mismo 2006, el Comité de Competición de la RFEC dejó en suspenso los expedientes por una posible infracción de dopaje "hasta que recaiga la correspondiente resolución judicial". La sentencia definitiva, contra la que no cabe recurso, no ha llegado hasta este martes.
Además de abrir este resquicio para una posible sanción, el texto del fallo también trata de despejar las posibles objeciones al uso de las bolsas de sangre para identificar a los clientes de Eufemiano Fuentes. “Al tiempo de los hechos no existía ninguna norma que impidiese la utilización en un procedimiento disciplinario de evidencias obtenidas en un proceso penal, siendo usual su uso, singularmente en materia tributaria”, dice.
COTEJAR LOS ADN
Intenta también adelantarse a las objeciones a que se coteje el ADN para realizar las identificaciones: “Los solicitantes no pretenden usar la mencionada base de datos policial para cotejar el posible ADN que se obtenga de las bolsas, al disponer de sus propias informaciones para contrastar el ADN”. Tanto la AMA como la UCI y el CONI tienen almacenadas muestras de deportistas extraídas para realizar sus propios controles antidopaje, que son las que se espera que permitan identificar a los clientes de la mayor trama de dopaje sanguíneo jamás destapada en el mundo.
Además, los magistrados incluyen en la sentencia una reflexión en la que apoyan que el contenido de las bolsas se use con el fin de ponerles nombre: “La cesión de muestras de las bolsas a los peticionarios se considera proporcional en atención a que el fin perseguido es luchar contra el dopaje, el cual atenta contra valor ético esencial del deporte, que es el juego limpio al impedir una competencia en igualdad de condiciones, genera el peligro que otros deportistas pueden verse tentados a doparse, y emite un negativo mensaje social respecto a que el fin justifica cualquier medio".
Los siguientes pasos aún no se han determinado. Por el momento, las partes han estado estudiando el texto de los tres magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid. La AMA emitió un comunicado pocas horas después de recibirla en el que su director general, David Howman, agradecía la decisión de “proporcionar a las autoridades antidopaje esta prueba crucial”, aunque lamentaba que hubiera tardado tanto. “Pero ahora -seguía Howman- nos coordinaremos con las otras partes a las que se ha dado acceso para definir nuestras opciones legales al analizar las bolsas”.
En España, poco después de publicarse la sentencia, el presidente del CSD, Miguel Cardenal, se reunió con Enrique Gómez Bastida, que manifestó su “satisfacción por la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid”, y explicó que están “estudiando en profundidad del fallo” para valorar qué pasos pueden dar y en cuáles pueden colaborar con la AMA, la UCI, el CONI y la RFEC, que ya ha manifestado al CSD su voluntad de actuar de manera coordinada.
Las bolsas de sangre vuelven a estar al alcance del hombre que dirigió la investigación que las sacó a la luz. La operación Puerto no ha terminado.