La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha anulado el canon digital, al concluir que el Gobierno no cumplió todos los trámites necesarios para su aprobación, ya que la orden que lo regula es un reglamento y, por tanto, se requerían determinados trámites como la presentación de "memorias justificativas y económicas" o el acompañamiento de un dictamen del Consejo de Estado que no se hicieron. Los magistrados han tomado esta decisión al estimar el recurso presentado por la Asociación de Internautas contra la orden conjunta de los ministerios de Cultura e Industria que implantó el canon digital. La Sala ha rechazado en cambio la pretensión de los demandantes de que se devuelva lo recaudado por el canon por falta de competencia, según informaron desde la Audiencia Nacional. La resolución asegura que la tramitación de la orden ministerial incurrió en un "vicio radical" por incumplir los requisitos exigidos legalmente para su aprobación. La Asociación de Internautas aseguraba en su recurso que el canon digital "establece un abuso injustificado sobre los consumidores y un privilegio financiero discriminatorio a favor del sector privado".



Tras esta resolución de nulidad del reglamento actual, por un defecto de forma y trámite, vuelve a estar vigente la normativa anterior aprobada en el año 2006 (Disposición Transitoria Única de la actual Ley de Propiedad Intelectual). Las entidades de gestión aseguran que "este fallo no cuestiona la legalidad del vigente sistema de copia privada", y que la orden ministerial del 2008 "vino a actualizar la compensación para los titulares de derechos de propiedad intelectual por la copia para uso privado de sus obras adaptándola a la evolución tecnológica de ese momento". La respuesta de la SGAE no se ha hecho esperar y mediante un comunicado Ibau y CopyEspaña, plataformas de las entidades de gestión, "urgen a la Administración a que inicie en el menor tiempo posible el proceso de actualización de las tarifas y dispositivos afectados."







La Asociación de Internautas decidió llevar el canon digital ante la justicia después de que el Tribunal de Justicia de la UE decretara en octubre pasado que la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) no puede cobrar de forma "indiscriminada" el canon digital, ya que esta práctica vulnera el derecho comunitario. Los magistrados del Tribunal de la UE establecieron en concreto que la aplicación del "canon por copia privada" a los soportes de reproducción adquiridos por empresas y profesionales para fines distintos de la copia privada no es conforme a la directiva relativa a los derechos de autor y derechos afines en la sociedad de la información. Estas fueron las conclusiones a las que llegó el Tribunal con sede en Luxemburgo en el marco del conflicto jurídico surgido entre la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) y la empresa Padawan, que comercializa dispositivos de almacenamiento electrónico y que fue finalmente absuelta por la Audiencia Provincial de Barcelona.