Populismo punitivoGuadalupe Sánchez Baena

Deusto. Barcelona, 2020. 232 páginas. 17,95 €. Ebook: 9,99 €

La abogada Guadalupe Sánchez Baena apunta que el populismo estriba en la “progresiva patrimonialización e instrumentalización de las instituciones y prerrogativas del Estado, de forma que estas sean puestas al servicio del partido y por supuesto de su líder”. Se trata de “implantar en la ciudadanía un relato cargado de tintes emocionales, que sitúe la voluntad popular por encima de leyes, instituciones o sistemas de gobierno”. El populista “necesita primero apropiarse ideológicamente de reivindicaciones sociales extendidas entre la ciudadanía, en torno a las cuales intenta generar una alarma social artificiosa que conduzca al pueblo a exigir a sus representantes políticos cambios legislativos y medidas que acaben con el problema”. Y a partir de ahí, está habilitado para emplear una prerrogativa fundamental del Estado, el ius puniendi o “facultad de sancionar y castigar conductas”.

Como se comprenderá, al populismo le chirría la división de poderes, y la autora ilustra su argumentación con los casos de las mujeres y los inmigrantes. Se procura una justicia “con perspectiva de género”, lo que conlleva un claro riesgo de violación de la presunción de inocencia y del empleo del poder como si la mujer fuera sistemáticamente débil y sistemáticamente necesitada de la intervención política y legislativa. En el proceso de politización descarada de las leyes relativas a la cuestión femenina, “están obteniendo mayor rédito político determinados partidos y movimientos que las auténticas víctimas de estos delitos… Las mujeres, consideradas como un colectivo, sólo somos víctimas de estos nuevos feministas identitarios, que nos quieren sumisas y obedientes dentro de su colmena, para así agitar el avispero cuando les convenga electoralmente. Porque somos sus instrumentos para alcanzar el poder, su excusa para colonizar las instituciones y acceder a cargos que de otra forma difícilmente conseguirían”.

En este lúcido ensayo, la abogada Guadalupe Sánchez Baena demuestra cómo al populismo le chirría la división de poderes y quiere apropiarse de las funciones del derecho penal

Tras argumentar sólidamente sus puntos de vista con el caso de La Manada, que “llevó a los políticos a lanzarse a una carrera populista sin precedentes a costa de los delitos sexuales”, Sánchez Baena procede a desconcertar al lector que la haya etiquetado como una persona de derechas. En efecto, cuando analiza la inmigración, afirma: “Los partidos situados más a la derecha del espectro político exigen a los partidos situados más a la izquierda que imputan a los varones la condición de delincuentes sexuales potenciales que respeten la presunción de inocencia, pero no dudan en olvidarse de la presunción cuando los investigados por estos delitos son nacionales de ascendencia musulmana”.

Es diestra en su denuncia del uso torticero de las cifras. Se repite que la tasa de condenados por delitos contra la mujer es el triple entre los extranjeros que entre los nacionales, pero eso, “sin dejar de ser cierto, pone énfasis en la mayor incidencia delictiva del extranjero soslayando la marginalidad del dato”. En efecto, si los condenados son respectivamente tres y uno entre 10.000, esto podría significar que el 99, 51 % de los extranjeros y el 99,89 % de los españoles no son denunciados por estos delitos. Concluye la jurista: “incurre pues Vox en la misma incoherencia discursiva que las feministas identitarias”, puesto que son poquísimos los varones que cometen delitos de violencia sexual, con lo que no se puede criminalizar por ello a todos los hombres, y lo mismo sucede con los varones extranjeros que los cometen. Es decir: “La presunción de inocencia no puede ni debe ser matizada ni por razón de sexo ni por razón de nacionalidad”.

Reconoce la ineficiencia de las Administraciones Públicas en el caso de grupos radicalizados y en el de los “menas”, pero advierte que el problema no puede resolverse mediante castigos basados en su condición de extranjeros: “La función represiva y la preventiva del derecho penal no deben ser confundidas con una función educativa, que no atañe a la judicatura y es ajena al ius puniendi”.

@rodriguezbraun