Balaídos. Foto: celtavigo.net

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Fútbol

El artículo del reglamento que no cumplió el Celta

El artículo 205 del reglamento de la Real Federación Española de Fútbol obliga a los clubes inscritos en la liga española a disponer de un campo alternativo en caso de que un encuentro se de por suspendido por motivos ajenos a la competición. El Celta no aportó una opción por si ocurría algún impedimento para disputar el encuentro y el duelo tuvo que ser aplazado.

6 febrero, 2017 11:05

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El reglamento de la competición de la Federación contiene muchos aspectos desconocidos en gran medida por la gran mayoría de los equipos, presidentes y jugadores de los clubes que forman parte del campeonato. Aspectos como el artículo 205, que obliga a disponer de un campo alternativo cuando el encuentro no pueda ser jugado en un campo con condiciones inferiores a las deseadas.

"Los clubes están obligados a informar a la RFEF, con quince días, al menos, de antelación al inicio de la competición, sobre la situación, medidas, tipo de superficie del terreno de juego y posible campo alternativo para disputar aquellos partidos que fueran susceptibles de no ser jugados en césped artificial, así como cualesquiera otras condiciones, aforo y construcciones o modificaciones en sus campos. Siempre que se realice algún cambio deberán comunicarlo, acompañando un plano a escala de la disposición de terreno de juego y sus instalaciones, después de las obras".

Por este motivo, el Real Madrid se muestra indignado con la Federación, ya que el Celta de Vigo no cumplió esta medida. Ahora el partido no tiene horario, ya que no quedan apenas fechas libres en el calendario para hacer frente al choque, un duelo que, con el paso de las semanas, seguirá trayendo polémica.