El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el establecimiento de un subsidio excepcional para los trabajadores temporales a los que les venza el contrato durante el estado de alarma y no tengan derecho a cobrar el paro por no haber reunido la cotización mínima.

La duración de esta ayuda será de un mes, ampliable si así se decide, y su cuantía ascenderá al 80% del Indicador Público de Rentas con Efectos Múltiples (Iprem), unos 430 euros mensuales con el Iprem vigente en 2020.

El único requisito que se exigirá para percibir este subsidio es que la duración mínima del contrato que se extingue sea de al menos dos meses, excluyéndose así las relaciones contractuales esporádicas.

Con esta medida se equipara a los temporales que no hayan sido incluidos durante el estado de alarma en expedientes de regulación de empleo temporal (ERTEs), pues estos sí cobraban prestación, aunque no reunieran el periodo de carencia, en virtud de la nueva regulación para ERTEs que aprobó el Gobierno para agilizar su presentación durante la crisis sanitaria provocada por el coronavirus, ha explicado el vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

El Ejecutivo estableció la semana pasada medidas para que, en caso de suspensión de contratos, se interrumpiera el cómputo de los contratos temporales, pero eso no impide que durante el estado de alarma finalicen contratos temporales sin protección por desempleo por no haber estado incluidos en un ERTE.

Este subsidio de desempleo excepcional será incompatible con la percepción de cualquier renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayudas análogas concedidas por cualquier Administración Pública, así como con cualquiera de los subsidios de desempleo existentes.

El Gobierno, que ha introducido este subsidio en un macro Real Decreto-ley de medidas urgentes para paliar el impacto económico y social del Covid-19, entiende que la situación de estas personas debe ser atendida con medidas excepcionales dada la escasa posibilidad de que durante la crisis sanitaria encuentren otro puesto de trabajo.

Las personas beneficiarias deberán solicitar el subsidio en el plazo de 10 días desde la aprobación por el Servicio Público de Empleo Estatal del procedimiento al efecto, una vez se produzca el hecho causante.

Empleadas del hogar

Además, el Consejo de Ministros ha aprobado este martes un subsidio extraordinario temporal para las trabajadoras del hogar que estén inscritas en la Seguridad Social y que hayan sido despedidas o no puedan trabajar durante la crisis sanitaria del coronavirus.

Tal y como ha informado el Ejecutivo, se trata de una ayuda para aquellas profesionales que "hayan dejado de prestar servicios en uno o varios domicilios, total o parcialmente, para reducir el riesgo de contagio por la pandemia. Así como aquellas que hayan sido despedidas como consecuencia de la crisis. Para acceder al subsidio, deberán presentar la declaración firmada por la persona empleadora o la carta de despido o la baja del Sistema de Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social.

El derecho de esta prestación nace "desde la fecha de baja en la Seguridad Social" o "desde la fecha que figure en la declaración responsable firmada por la empleadora" y su tramitación se puede realizar en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que, según apunta el Ejecutivo, habilitará el procedimiento de estas solicitudes.

Un colectivo "invisible y precario"

En cuanto a la cuantía, la beneficiaria recibirá el 70% de la base de cotización y, en el caso de que su jornada haya sido reducida, explica el Ejecutivo, esta percibirá la parte proporcional a esta reducción de jornada. Además, apunta que este subsidio es compatible con otros ingresos, como la percepción de otros salarios por cuenta propia o ajena si no se supera, en conjunto, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI); y también con el subsidio por incapacidad temporal o con el permiso retribuido recuperable.

El objetivo, según ha explicado el vicepresidente segundo de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, es "dar seguridad y protección" a unos colectivos que sufren el "impacto negativo" dela pandemia y que no habían sido incluidos en el primer decreto.

En su intervención, Iglesias ha destacado la labor de este colectivo "poco reconocido" y, en muchas ocasiones "invisible", "precario" y "olvidado", en un momento en el que, a su juicio, se ha demostrado la importancia "de cuidar mejor a quien cuida".

Renta mínima vital

El Gobierno está trabajando en una renta mínima vital de la que se beneficiaría más de 5 millones de ciudadanos en España para hacer frente a la crisis provocada por el coronavirus COVID-19, según ha anunciado el vicepresidente de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias.

"Seguimos trabajando la Vicepresidencia de Derechos Sociales junto al Ministerio de Trabajo y al Ministerio de Seguridad Social, estamos coordinados para que el ingreso mínimo vital sea una realidad que podamos anunciar aquí cuanto antes", ha adelantado Pablo Iglesias este martes 31 de marzo durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros en la que se ha aprobado un nuevo paquete de medidas para ayudar a las familias afectadas por las consecuencias de la pandemia, y que aún no recoge la renta mínima vital.

Además, el vicepresidente de Derechos Sociales y Agenda 2030 ha precisado que, a la espera de que se concrete esta renta mínima vital, los equipos que están trabajando en ella calculan que se beneficiarían "más de 5 millones" de personas.

"Los cálculos que hacían los equipos, a la espera de que se concrete además el ingreso mínimo vital, que los trabajos que estamos haciendo con el Ministerio de Seguridad Social e Inclusión hablaban de más de 5 millones de conciudadanos, las medidas que se están tomando en el caso del alquiler afectarían a más de medio millón de familias", ha explicado Iglesias.

La Plataforma del Tercer Sector (PTS), compuesta por 30.000 ONG, había pedido al Gobierno que "priorizara la regulación del ingreso mínimo vital o la paralización de las cuotas de los arrendamientos de viviendas para sectores vulnerables".

Así se lo reclamó la semana pasada al secretario de Estado de Derechos Sociales, Ignacio Álvarez, y sus directores generales, durante una reunión que mantuvieron por vía telemática, y en la que les pidieron "compromiso de diálogo y escucha activa" antes de adoptar medidas sociales de relevancia, incluidas en el denominado 'escudo social'.

Asimismo, sugirieron al Ministerio de Derechos Sociales otras medidas como destinar los fondos recaudados a través de la conocida como 'X solidaria de las empresas', durante el año 2019 (año fiscal 2018), a organizaciones sociales de ámbito estatal para programas que frenen el impacto del COVID-19 en los grupos más vulnerables.