Varios trabajadores forestales. Foto: Infocam.

Varios trabajadores forestales. Foto: Infocam.

Empleo

El TSJCLM desestima la incapacidad absoluta de un trabajador por tareas de menor esfuerzo

Se trata de un empleado forestal que sufre una patología cardiovascular, una discartrosis severa y rotura del menisco interno.

2 agosto, 2024 14:48

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha desestimado declarar la incapacidad permanente absoluta a un empleado forestal que sufre una patología cardiovascular, una discartrosis severa y rotura del menisco interno.

El trabajador ya había sido reconocido beneficiario con la incapacidad total para su labor de capataz en sentencia dictada por un juzgado Social de Ciudad Real.

El empleado forestal, que había estado de baja por un infarto agudo de miocardio, recurrió la sentencia considerando que el juzgador de instancia no había valorado la totalidad de las patologías en la vista, solo la trascendencia de la cardiaca, pero no la que aparece en la rodilla derecha y que aparece reflejada tanto en una resonancia magnética como en el dictamen del perito.

Los magistrados de la Sala Social fundamentan su decisión en que, como mantiene la jurisprudencia, "deberá declararse la invalidez absoluta cuando resulte una inhabilitación completa del trabajador para toda profesión u oficio, al no estar en condiciones de acometer ningún quehacer productivo (…) implicando no solo la posibilidad de trasladarse al lugar de trabajo por sus propios medios y permanecer en él durante toda la jornada y efectuar allí cualquier tarea con un mínimo de profesionalidad, rendimiento y eficacia".

En conclusión, expresa la Sala, que no cabe sino inferir que el actor padece una patología de tipo cardiaco que no le impide ejecutar tareas de índole liviano o sedentario, así como otra en la rodilla derecha "cuya trascendencia invalidante no consta".

"Ello hace -continúa el tribunal- que se carezca de base para modificar el criterio mantenido al respecto de la sentencia de instancia cuando se concluye que el recurrente no tiene mermada por completo su capacidad".