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Empresas SENTENCIA JUDICIAL

Le gana la batalla al hipermercado de Castilla-La Mancha donde trabaja: librará los sábados por un importante motivo

7 marzo, 2020 11:03

La Justicia ha reconocido el derecho de la trabajadora de un hipermercado de Castilla-La Mancha, divorciada y madre de dos menores de edad, a adaptar su jornada laboral para librar los sábados alternos en los que tiene establecido el régimen de visitas con sus hijos, según ha informado el sindicato CCOO en una nota de prensa.

La sentencia recalca que la mujer “debe cumplir un régimen de visitas fijado en una resolución judicial (sentencia de divorcio)” y que, para poder hacerlo, “tiene que conciliar su jornada laboral”, lo que tiene prioridad “frente a las causas esgrimidas por la empresa, de naturaleza organizativa, no acreditadas debidamente, y económicas.”

Se trata de una de las primeras sentencias en aplicar la nueva redacción del art. 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, derivada del RDL 6/2019 de 1 de marzo, de Medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

“Se trata, también, de una sentencia que pone fin al penoso periodo en el que la trabajadora, por el horario y el calendario laboral impuesto por la empresa y por la negativa de su gerente a atender la solicitud de la adaptación de jornada, sólo a duras penas ha podido disfrutar y cuidar de sus hijos los días señalados en su sentencia de divorcio”, destaca Ángela Briones, secretaria de Mujer de CCOO-Servicios CLM.

La sentencia, según la nota de prensa del sindicato, no ha sido recurrida por la empresa.