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Empresas VICTORIA JUDICIAL DEL SINDICATO UGT

El TSJCM obliga a SSG a cumplir el convenio firmado, por lo que tendrá que subir el sueldo a sus trabajadores

7 julio, 2020 15:12

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJC) ha fallado a favor de la Federación de Servicios Públicos de UGT CLM en la demanda de conflicto colectivo que presentó el sindicato "por los reiterados incumplimientos" del convenio colectivo por parte de la empresa SSG de transporte sanitario, entre ellos la omisión de las subidas salariales pactadas que debían haberse realizado en el mes de enero.

El responsable de Sanidad de FeSP UGT CLM, José Manuel Pinillos, recuerda que tras varias jornadas de protesta y lucha sindical se consiguió finalmente acordar el año pasado el IV Convenio Colectivo de Transporte Sanitario de Castilla-La Mancha y unas subidas salariales "dignas" que paliaran "la continua pérdida de poder adquisitivo de los trabajadores del transporte sanitario".

"Es vergonzoso que con el esfuerzo que han hecho los profesionales durante la pandemia las empresas ni siquiera estén siendo partícipes del reconocimiento social que está teniendo su labor y les pague incumpliendo un convenio recién firmado y unas subidas salariales más que urgentes dada la situación no recuperada desde los recortes de 2012", defiende Pinillos.

En concreto, el nuevo convenio suponía avances importantes en derechos y una subida salarial del 7,5 % desde el 1 de enero de 2020 a la que se sumaba la desaparición del descuento de 75 euros que se les aplicaba a los profesionales desde 2012. "Una subida que si bien no recuperaba totalmente las pérdidas de estos 8 años si avanzaba en la buena dirección", explica el sindicato en nota de prensa.

El TSJ indica en su sentencia que el convenio es de obligado cumplimiento y que la subida salarial se debe aplicar. Desestima así --según el sindicato-- "la excusa de las empresas del supuesto acuerdo con el Sescam que responsabilizaría al servicio de salud del impago".

La sentencia recoge que "estamos frente a un convenio colectivo estatutario que es norma jurídica y que sólo cede ante normas de rango superior, en el que no se condicionó la subida salarial a la existencia de ningún acuerdo de reequilibrio entre la patronal y el Sescam". Valoración que da nuevamente la razón a UGT --según recalca el sindicato-- y "desmonta las justificaciones que las empresas han estado utilizando durante este tiempo".

Ante la citada sentencia solo cabe recurso de casación que UGT teme que la empresa presente "con tal de no abonar las subidas pactadas", por lo que el sindicato ha abierto también la vía de denuncias individuales.

Para UGT es "inadmisible" que una empresa que presta un servicio público esencial como es el transporte sanitario "no cumpla" con el convenio colectivo del sector "a pesar de estar obligada por ley y de los pliegos del contrato que tiene con la administración".

Por este motivo, y acreditado el incumplimiento del Convenio Colectivo, UGT va a solicitar formalmente al Sescam que asuma la gestión directa del servicio. "A la vista de lo que está sucediendo con las empresas parece que esta es la única vía que permitirá garantizar los derechos de estos profesionales esenciales y de este servicio sin el cual en Castilla-La Mancha gran parte de la ciudadanía no habría tenido acceso a la atención necesaria durante esta pandemia", concluye Pinillos.