El derecho a la vida es el primer derecho de cualquier persona, de forma que sin ese derecho los demás posibles derechos que tenga o pudiera tener quedan vacíos. Tan es así que en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en su artículo 3, dice: “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”, y en el artículo 15 de la Constitución española de 1978 se recoge: “Todos [los españoles] tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra”. Por si ello fuera poco, la relatora especial de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad exigió que se protegiera su derecho a la vida si se autorizaba en España la eutanasia, pues tampoco lo han respetado al aprobar esta ley.
Si esto es lo que marcan y dicen nuestras leyes, además del sentido común, cabe preguntarse: ¿Cómo es posible que un Estado favorezca la muerte de un ciudadano a través de la eutanasia? Y, aún más, ¿cómo es posible que algunos defiendan que la muerte es un derecho de la persona cuando su contraria, la vida, que es antes, también lo es? Son preguntas de no fácil respuesta pero, independientemente de lo que puedan decir los expertos en leyes en cuanto a las posibles limitaciones de los derechos fundamentales como lo es el de la vida, lo que no parece muy lógico ni muy defendible es que el Estado -garante de los derechos personales de cada individuo- se otorgue a si mismo mediante una mayoría parlamentaria la facultad de facilitar la muerte de sus ciudadanos.
Da la impresión, además, que esta ley tiene más un carácter ideológico que satisfacer una necesidad de la población, y lo digo porque resulta sumamente curioso y extraño que se haya tramitado en el Congreso en un momento en el que este se encuentra en una situación excepcional (no presencia física de los diputados); que se haya esquivado la opinión del Consejo de Estado al ser no ser tramitada como proyecto de ley sino como proyecto del Gobierno; que se haga durante un estado de alarma de larga duración y que, por si fuera poco, se haya elegido el año más pandémico de nuestra historia reciente y, consecuentemente, con muchas más muertes de las habituales. Por no hablar -ya lo hemos hecho en otro artículo anterior- de la falta de demanda de muerte voluntaria si hubiese los servicios de cuidados paliativos. ¿Realmente tienen los españoles del 2020 como primera necesidad de que se les garantice el supuesto derecho a la muerte asistida? Mi opinión es que no. Deben existir razones ideológicas de la extrema izquierda gobernante, unidas a razones económicas -la eutanasia es más barata que los cuidados paliativos- que han sido las impulsoras de esta ley.
¿Quién va a ejercer este supuesto derecho a decidir sobre la muerte de una persona, el interesado o sus allegados? Mucho me temo que en un alto porcentaje de casos la decisión no va a ser tomada por los interesados sino por otras personas en las que pueden aflorar otros intereses no tan presentables. No perdamos de vista que esa decisión, la de morir, en casi la totalidad de los casos, no se toma desde la independencia sino desde la dependencia material, afectiva e incluso económica.
Con la aprobación de esta ley, los médicos se van a tener que enfrentar a un grave problema personal y profesional: o incumplen el principio hipocrático de salvar vidas y ayudar a curarse o se dedican a proporcionar la muerte con la eutanasia, facilitando el suicidio asistido. Esto llevará a una gran mayoría de ellos a resistirse amparados en la objeción de conciencia, hecho que, sin duda, generará dificultades a la hora de implantar la eutanasia en centros públicos y la consecuencia inmediata será que, al igual que ha ocurrido con el aborto, se han organizado las redes suficientes de clínicas privadas que se han enriquecido de forma escandalosa y, es de suponer, que algo parecido vaya a suceder con la eutanasia. De donde resultará que solo la tendrán los que la puedan paga.
Se presenta como una medida progresista el garantizar el derecho a la muerte y, en mi opinión, lo progresista es apostar por los cuidados paliativos que garantizan la vida sin sufrimiento. Me da la impresión que debo llevar bastante razón, cuando en la precipitada tramitación de esta ley no han querido pedir la opinión ni del Comité de Bioética de España, ni de la Organización Médica Colegial, ni de la Sociedad Española de Cuidados Paliativos. Opiniones que según se han manifestado públicamente están en contra de la eutanasia, unos de forma absoluta y otros hasta tanto no estén bien implantados y dotados los cuidados paliativos.
Da la impresión, por último, de que con esta ley, eminentemente ideológica, la extrema izquierda española quiere cerrar el círculo de una cultura de la muerte: el aborto permite a los padres eliminar a los hijos y la eutanasia hace posible que los hijos podrán hacerlo, igualmente, con sus padres enfermos y ancianos.
Aprovecho para desear FELIZ NAVIDAD y un 2021 lleno de SALUD.
Juan Antonio Callejas Cano es diputado nacional y portavoz del PP de Ciudad Real