CSIF advierte al Sescam de las consecuencias de las reclamaciones individuales de los opositores
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha advertido al Servicio de Salud regional (Sescam) de las consecuencias judiciales que pueden conllevar las reclamaciones individuales de los opositores de la Oferta de Empleo Público (OEP) de 2009. A raíz de la sentencia del Tribunal Supremo del pasado 19 de diciembre, que "reconoce el trato discriminatorio" a un opositor debido a si se accedía por el turno de promoción interna, libre o turno de discapacitados, el sindicato ha avisado de que "puede abrir las puertas para que todos los afectados continúen con las reclamaciones".
En concreto, el sindicato ha explicado que la sentencia del Supremo se ha dictado por un recurso interpuesto contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la región del 26 de septiembre de 2016. En este sentido, ha afirmado que la sentencia "no deja lugar a dudas: no puede tratarse de distinta forma a los aspirantes de una misma categoría profesional, derivada de un proceso selectivo, en virtud del turno por el que participan en el proceso".
CSIF ha pedido al Tribunal Superior, a raíz de la sentencia del Alto Tribunal, que "agilice los procesos ya iniciados" y, por otra parte, ha solicitado al Sescam "que actúe para evitar que todos los demás afectados prosigan con sus reclamaciones" y le ha recomendado "que considere la revisión colectiva de los procedimientos".
Sienta jurisprudencia
Ha precisado que la sentencia del Supremo afecta solo a la persona que interpuso la reclamación, pero ha explicado que, al unificar doctrina, "sienta jurisprudencia y deberán ampararse en ella los tribunales que tengan que decidir sobre los procedimientos iniciados", ha agregado el sindicato.
Por tanto, CSIF ha considerado que la sentencia también afectaría a los procedimientos que eventualmente pudieran iniciarse, al no existir plazo cuando se trata de actividad administrativa nula.