El Diario Oficial publica este martes la Ley de Academias de Castilla-La Mancha
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica este marte la Ley 2/2019, de 15 de marzo, de Academias de Castilla-La Mancha, tras ser aprobada por las Cortes regionales. El objeto de esta ley es la regulación de las academias científicas, artísticas y literarias de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Esta ley es de aplicación a las academias que tengan su domicilio social y desarrollen su actividad corporativa principal en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, sin perjuicio de que puedan realizar otras actividades relacionadas con sus fines fuera del ámbito de la Comunidad Autónoma.
La creación de las academias se realiza por Decreto del Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha. El procedimiento se iniciará de oficio o a instancia de las personas interesadas que acrediten competencia intelectual, académica y profesional en el correspondiente ámbito de conocimiento o de instituciones y entidades sin ánimo de lucro que desarrollen una actividad relevante en dicho ámbito.
Son funciones de las academias, además de las que estén atribuidas en sus estatutos, las siguientes:
a) Promover y desarrollar el estudio, la investigación y la difusión de conocimientos de su campo de saber.
b) Asesorar y colaborar con las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en
las materias propias de su finalidad institucional, en los términos previstos en el ordenamiento jurídico y en sus estatutos.
c) Emitir los informes que les sean requeridos por las Administraciones Públicas sobre las materias de su ámbito de
actuación.
d) Formar parte de los órganos consultivos de la Administración Regional en los términos establecidos legal o reglamentariamente.
e) Relacionarse con otras academias de cualquier ámbito territorial, así como con instituciones, entidades y corporaciones relacionadas con su campo del saber.
Puedes consultar la Ley completa PINCHANDO AQUÍ.