Castilla-La Mancha pone límite a los gastos de los partidos que concurran a las autonómicas
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica este viernes el Decreto de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas por el que fija en 0,47 euros el límite máximo de los gastos electorales a realizar por los grupos políticos que se presenten a las elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha del año 2019.
En dicho Decreto, aprobado por el Consejo de Gobierno de la presente semana y recogido por Europa Press, se indica que en Albacete, con una población de derecho de 388.786 votantes, el gasto ascenderá a 182.729,42; en Ciudad Real con 499.100 potenciales votantes el gasto será de 234.577 euros; y en Cuenca, con 197.222 electores, el gasto será de 92.694,34.
Mientras, en Guadalajara, con 254.308 potenciales votantes, el gasto será de 119.524,76 euros; y en Toledo, con 687.391 electores el gasto asciende a 323.073,77 euros.
Dietas y gratificaciones
De igual modo, el DOCM publica el Decreto por el que se fijan las dietas y gratificaciones a percibir por los miembros de las Juntas Electorales Provinciales y de Zona, del personal a su servicio y de los delegados de las Juntas Electorales de Zona, dado el mayor esfuerzo que supone realizar las actividades que les impone la Ley Electoral de Castilla-La Mancha, y sin perjuicio de las que les sean fijadas por la Administración del Estado, por la coincidencia de las elecciones regionales y municipales.
En virtud de dicho decreto, aprobado por el Consejo de Gobierno de la presente semana, los miembros de la Junta Electoral de Castilla-La Mancha percibirán, por cada proceso electoral en el que intervengan durante su mandato, en concepto de gratificación fija 3.821 euros en el caso del presidente; 2.368 euros en el caso del vicepresidente; 2.314,00 euros por ser vocal, y 3.041 euros por ser secretario.
Los miembros de la Junta Electoral de Castilla la Mancha percibirán igualmente dietas de manutención y alojamiento y los gastos de viaje en los que incurran como consecuencia de su asistencia a las reuniones que se celebren fuera de su residencia oficial.
Para remunerar los servicios prestados a la Junta Electoral de Castilla-La Mancha por el personal a su servicio se determina la cantidad global de 8.396 euros, a distribuir con base en criterios objetivos por su Presidente, sin que un solo colaborador pueda percibir más de 1.450 euros por este concepto.
Mientras, en el caso de las Juntas Electorales Provinciales, por participar en las Elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha percibirán 484 euros en el caso del presidente; 210 el vocal judicial, 118 el vocal no judicial, 452 euros el secretario. En el caso del delegado de la Oficina del Censo Electoral recibirá 210 euros.
Para remunerar los servicios prestados a las Juntas Electorales Provinciales por el personal a su servicio se determina la cantidad global de 1.615 euros, en el caso de la Juntas electorales de Albacete, Ciudad Real y Toledo y 1.507 euros en el caso de las Juntas Electorales de Cuenca y Guadalajara, a distribuir con base en criterios objetivos por su Presidente respectivo, sin que un solo colaborador pueda percibir más de 750 euros por este concepto.
Mientras, para las Juntas Electorales de Zona, los presidentes percibirán 258 euros; 108 el vocal judicial, 70 el vocal no judicial y 242 el secretario.
En el caso de los Secretarios de los Ayuntamientos, en cuanto delegados de la Junta Electoral de Zona, percibirán, en concepto de gratificación fija, la cantidad que se determine en atención al número total de mesas electorales efectivamente constituidas en el municipio o municipios en los que actúen como tales delegados, con independencia de su naturaleza de agrupados o acumulados con relación al titular de la correspondiente Secretaría.
Por ello, las secretarías con un número de mesas no superior a 10 cobrarán 113 euros; las que tengan un número de mesas comprendido entre 11 y 50, 124 euros; y las secretarías con un número de mesas superior a 50, 140 euros.
Para remunerar los servicios prestados por el resto del personal que colabore en el proceso electoral con la Junta Electoral de Zona se determina una cantidad global de cuatro euros por mesa efectivamente constituida, a distribuir con base en criterios objetivos por su Presidente respectivo, sin que un solo colaborador pueda percibir más de 500 euros por este concepto.
Materiales
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica también un decreto de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas por el que se regulan los elementos materiales a utilizar en las elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha, en el que, entre otras cosas, se indica que los locales y las cabinas a utilizar en las elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha serán los mismos que se empleen en las elecciones locales.