Ponen fecha a la reapertura de las oficinas de la Administración aunque con condiciones
El Gobierno y los sindicatos de Función Pública han acordado este lunes que las oficinas de la administración se abrirán al público a partir del 25 de mayo de mayo, con cita previa y limitación del aforo, y las oficinas podrán estar abiertas hasta las 21.00 horas, según han informado fuentes de CSIF.
Así figura en el acuerdo suscrito este lunes entre los sindicatos y el Ejecutivo, en el que se incluyen las medidas organizativas para la reincorporación gradual de empleados públicos y su adaptación con medidas de seguridad con motivo de la aprobación del plan para la transición hacia una nueva normalidad, priorizando el teletrabajo.
En concreto, el acuerdo, que se firmará este lunes por la tarde entre la ministra de Política Territorial y Función Pública, Carolina Darias, y los sindicatos del área pública, persigue avanzar por las distintas fases de desescalada determinadas por el Gobierno, de manera "gradual y segura" para los empleados públicos.
Fuentes de CSIF han explicado a Europa Press que el acuerdo recoge que las oficinas de la administración se abran al público a partir del 25 de mayo de mayo, coincidiendo con la 'Fase II' de desescalada, con cita previa y limitación del aforo, y las oficinas podrán estar abiertas hasta las 21.00 horas.
No obstante, desde el sindicato han señalado que estarán "vigilantes" para que se garantice el cumplimiento de las medidas de seguridad para las plantillas de empleados públicos y para los ciudadanos.
Por su parte, el secretario federal de AGE de UGT, Carlos Álvarez, ha señalado que se trata de establecer un marco de "corresponsabilidad, homogéneo y negociado en todos los ámbitos, basado en una reincorporación gradual", y ha tildado de "muy garantista" el acuerdo porque "prioriza la seguridad y salud de los empleados públicos al tiempo que asegura la adecuada prestación de servicios de la Administración a la ciudadanía".
El acuerdo contempla una reincorporación progresiva de los trabajadores, dando prioridad al teletrabajo, evitando la incorporación de personas con bajas por incapacidad temporal, con síntomas o en contacto con familiares contagiados, así como con enfermedades crónicas declarados como vulnerables por el Ministerio de Sanidad y a las personas que tengan a su cargo menores o dependientes.
La reincorporación irá paralela al progresivo inicio de la actividad y acudirán a los centros de trabajo las personas "imprescindibles" que presten servicios en los diferentes sectores de producción y económicos que vayan avanzando hacia la situación de nueva normalidad.
En todo caso, se prevé que la atención a la ciudadanía, de modo presencial, se retomará a partir del 25 de mayo (Fase II), con cita previa y limitación del aforo, según han informado fuentes de CSIF.
Según el borrador del acuerdo, al que ha tenido acceso Europa Press, cada departamento deberá autorizar la flexibilización horaria correspondiente a cada caso, con independencia de la modalidad de prestación de servicios, recomendándose el uso de fórmulas de jornada continuada.
Igualmente, para poder atender los supuestos de flexibilización se habilita la posibilidad de ampliar el horario de apertura de los centros de trabajo hasta las 21 horas.
Si fuera precisa esta ampliación para facilitar la rotación del personal, deberá constar la conformidad del empleado o empleada en los supuestos de alteración de los tramos de su jornada habitual.
Adaptación por fases
En detalle, se establecen las distintas fases con "carácter flexible y adaptativo" de acuerdo con lo que establezca en cada momento el Ministerio de Sanidad para cada unidad territorial.
En la Fase 0, iniciada este lunes, se desarrollarán los trabajos necesarios para una adecuada adopción de las medidas preventivas, así como aquellas otras instrucciones y protocolos que pudieran dictar las autoridades sanitarias, para salvaguardar la seguridad y salud de las empleadas y empleados públicos.
Asimismo, en la Fase I, a partir del 11 de mayo, se recomienda la reincorporación gradual a los centros de trabajo de las personas imprescindibles que presten servicios en las actividades consideradas esenciales o críticas en cada ámbito departamental, y ya en la Fase II, que podría arrancar el 25 de mayo, se recomienda también la reincorporación de empleados públicos para la atención a la ciudadanía.
Tras la finalización de la Fase II, cuando así lo determine el Ministerio de Sanidad, en la Fase III ya se instará a la reincorporación gradual de las personas imprescindibles de las anteriores fases y la siguiente, de nueva normalidad, se regirá de acuerdo con las instrucciones de carácter organizativo que se dicten en su momento, estableciéndose nuevos protocolos de seguridad y salud "con la experiencia del aprendizaje de las fases anteriores y de acuerdo con lo que establezcan las autoridades sanitarias".
Pruebas selectivas, cursos y viajes
En cuanto a los procesos selectivos, el documento señala que desde el momento que finalice la suspensión de los plazos administrativos declarada por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, las convocatorias de procesos selectivos se podrán tramitar con carácter ordinario.
Eso sí, el órgano convocante de cada proceso selectivo en curso deberá posponer la celebración de pruebas selectivas presenciales de concurrencia masiva por el tiempo imprescindible, de acuerdo con las recomendaciones establecidas por las autoridades sanitarias, garantizándose en todo caso la continuidad de los procesos.
Quedan exceptuados aquellos procesos selectivos relacionados con las medidas adoptadas para la contención de la Covid-19, los que puedan celebrarse por medios telemáticos y aquellos que se encuentren en fase de concurso o cuyo sistema selectivo sea el concurso.
Igualmente, se procurará articular los medios de carácter telemático necesarios para la realización de los ejercicios que se encuentren en su fase de lectura presencial de carácter individual por parte de la persona candidata, según el borrador recogido por Europa Press.
Con carácter general las reuniones de trabajo se celebrarán mediante audioconferencia o videoconferencia evitándose en lo posible las reuniones presenciales o que impliquen desplazamientos a otra localidad. Así, o se podrá asistir a reuniones que se celebren en unidades territoriales diferentes a aquella en la que se encuentre el centro de trabajo, salvo por causas excepcionales y justificadas, de acuerdo con los criterios establecidos por el Ministerio de Sanidad en función de cada Fase.
A su vez, se suspenderán todos aquellos viajes de trabajo que puedan solventarse mediante llamada o videoconferencia, ni se permitirá viajar a unidades territoriales diferentes, salvo causas excepcionales y justificadas.
Por último, las unidades responsables de la organización de cursos y actividades formativas desarrollarán, con carácter prioritario, su actividad mediante medios telemáticos, con la finalidad de minimizar los posibles riesgos para la salud, respetando en todo caso los términos que determinen las autoridades sanitarias.