Publicado el nuevo decreto que regula la función directiva en colegios de Castilla-La Mancha
El texto destaca que en hoy día los centros educativos son organizaciones de gran complejidad y, por ello, la función directiva adquiere la máxima relevancia.
9 agosto, 2021 10:12La Consejería de Educación, Cultura y Deportes ha publicado este lunes un decreto que regula las características y los procesos relativos al ejercicio de la función directiva en centros docentes públicos de la comunidad autónoma.
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha, consultado por Efe, recoge este lunes el decreto de la Consejería de Educación en el que ha intervenido el Consejo Escolar regional y que fue visto en la reunión del Consejo de Gobierno del pasado 27 de julio.
El texto destaca que en hoy día los centros educativos son organizaciones de gran complejidad y, por ello, la función directiva adquiere la máxima relevancia, de modo que se necesita una dirección participativa que dinamice la organización, impulse y coordine actuaciones y ofrezca respuesta a las inquietudes de toda la comunidad escolar.
Los equipos directivos deben ser el eje vertebrador de los diferentes colectivos que integran los centros educativos: claustro, alumnos, familias y asociaciones de madres y padres o de alumnos, y también deben ser el referente pedagógico e impulsor de todos los procesos desarrollados en los centros.
El decreto establece las funciones de dirección, el procedimiento de selección y participación, el nombramiento y la duración del mandato (se mantiene en cuatro años), el cese, la formación que recibirá, los aspectos retributivos y las medidas de apoyo por parte de la Consejería.
Asimismo, destaca que el cambio en el puesto de director deberá hacerse de la manera más eficaz posible, de modo que las personas salientes deberán aportar toda la información que sea necesaria, así como los instrumentos y herramientas de gestión que hayan utilizado durante el tiempo en que han desempeñado esas funciones.
El nuevo decreto, que deroga el de 2017, entrará en vigor en un plazo de veinte días.