La mayoría de los alcaldes de la provincia de Cuenca no cobran ni un euro por su labor al frente de sus respectivos ayuntamientos, mientras que otros muchos perciben cantidades simbólicas por asistir a los plenos u otro tipo de convocatorias oficiales. Entre los que cobran un sueldo como tal por ejercer sus funciones, en 2021 destacó como el mejor pagado el de la capital conquense, Darío Dolz, a mucha distancia de sus perseguidores.
Les mostramos a continuación, en base a los datos oficiales recientemente publicados por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública, las retribuciones de los diez alcaldes con los salarios más elevados de la provincia de Cuenca durante el pasado ejercicio:
1. Darío Dolz (PSOE), de Cuenca capital. 57.363 euros.
2. Pedro Javier Tendero (PSOE), de Motilla del Palancar. 39.200 euros.
3. José Luis Merino (PSOE), de Iniesta. 37.600 euros.
4. Martín Cebrián (PSOE), de Quintanar del Rey. 37.101 euros.
5. María Rosario Sevillano (PSOE), de San Clemente. 32.999 euros.
6. Marino Martínez Guijarro (PSOE), de San Lorenzo de la Parrilla. 30.633 euros.
7. Lourdes López Porras (PSOE), de Belmonte. 28.842 euros (con dedicación parcial).
8. Jacobo Medianero (Unidas Podemos), de Mota del Cuervo. 27.419 euros.
9.Soledad Nieva Garrido (PP), de Honrubia. 19.200 euros.
10.Ana María Cantarero Fresneda (PP), de El Pedernoso. 16.800 euros (con dedicación parcial).
[Los sueldos de los alcaldes de Castilla-La Mancha: estos son los diez mejor pagados]
Un total de 245 ayuntamientos de España no han cumplido este año con el trámite de remitir las cantidades cobradas por sus cargos electos, entre ellos 59 de la provincia de Cuenca. Destacan los de Tarancón, Motilla del Palancar o Villamayor de Santiago, por ejemplo.
Son las propias entidades locales las encargadas de incorporar la información salarial de los cargos electos al sistema ISPA (Información Salarial Puestos de la Administración), incluyendo en las cantidades consignadas tanto las retribuciones propiamente dichas como las percibidas en concepto de asistencias a las reuniones de la corporación.
Únicamente están excluidas las cantidades que tienen por objeto la compensación de un gasto efectivamente realizado, como dietas de viaje u otros similares.