El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM) ha confirmado que el Ayuntamiento de Bargas (Toledo) vulneró el derecho a la negociación colectiva al aprobar la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) en marzo de 2019.
Así ha informado en nota de prensa CSIF, expresando que el alto Tribunal ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el Consistorio contra la sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Toledo. Esta anuló en 2021 la modificación de la RPT del Ayuntamiento de Bargas, considerando que había sido aprobada infringiendo las normas y buena fe en la negociación con los representantes de los trabajadores, entre los que se encontraba el sindicato.
Las infracciones en la negociación con los sindicatos consisten en "no facilitar la documentación de la modificación de la RPT con una antelación mínima, si no que fue entregada en el momento de la reunión; citar a los representantes de los trabajadores sin una antelación mínima que les permitiese conocer y estudiar la propuesta del Ayuntamiento; y no permitir una verdadera negociación al no dar la palabra a los representantes sindicales ni permitirles formular alegaciones".
Declarada "nula"
Por todo ello, la sentencia confirmada por el TSJCM declara nula la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del Consistorio bargueño llevada a cabo por el anterior equipo de Gobierno, que se aprobó infringiendo el derecho a la negociación colectiva.
El sindicato ha lamentado la postura del anterior equipo de Gobierno sobre los derechos de los trabajadores y sus legítimos representantes, ya que para aprobar la modificación de una RPT "es necesaria una verdadera negociación con los representantes de los trabajadores, de acuerdo a lo que establece la ley".