Piden cuatro años para un activista de Guadalajara por desobediencia y delitos contra la intimidad
Amnistía Internacional ve en este proceso penal una restricción "excesiva y desproporcionada".
8 diciembre, 2021 17:21El Juzgado de los Penal número 2 de Guadalajara tiene previsto juzgar este jueves, 9 de diciembre, a D.C.H.A., un activista de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) para el que el Ministerio Fiscal pide cuatro años de cárcel por los delitos contra la intimidad y desobediencia grave. Además, solicita doce meses de multa con una cuota diaria de diez euros por un delito de injurias con publicidad.
Así consta en el escrito de acusación, el que la Fiscalía señala que el acusado cometió los hechos aprovechando que una Comisión Judicial, formada por dos funcionarios y una procuradora, estaba realizando sus funciones judiciales de lanzamiento de los ocupantes de un inmueble situado en Guadalajara.
Una vez habían realizado todas las diligencias correspondientes y se encontraban esperando en la vía pública, relata el fiscal, el acusado comenzó junto a otras personas no identificadas a fotografiar a los miembros de la Comisión Judicial, procediendo a continuación a subir dichas fotografías a diversas redes sociales desde la página de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca.
Así, añade el Ministerio Público, junto con las fotografías aparecían comentarios tales como "Recordad estas caras. Son los miembros de la Comisión Judicial y la procuradora de SSVPE. Son quienes han dejado a una familia hoy en la calle".
En este sentido, apunta que, junto con la denuncia presentada por la letrada de la Administración de Justicia y directora del Servicio Común de Notificaciones, se solicitaba la medida cautelar de la retirada inmediata de dichas fotos y comentarios en las redes sociales.
Por tal motivo, por Auto de 4 de abril de 2019, con informe favorable del Ministerio Fiscal, por el Juzgado de Instrucción número 3 de Guadalajara, se acordó la retirada inmediata, así como la de los comentarios, requiriendo a los representantes legales de esos medios para que se abstuvieran en lo sucesivo de volver a publicar fotos de los integrantes de la Comisión Judicial y comentarios similares respecto a este desempeño de su función en estas actuaciones.
Redes sociales
A pesar de lo anterior y tras notificar el referido auto al ahora acusado, añade la Fiscalía, en lugar de deponer sus actuaciones, procedió a poner nuevamente en diversas redes sociales, desde la página de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, comentarios como: "Con esta medida cautelar, el @poderjudicial quiere atacar un método de lucha esencial para @la_pah, esto es, poder documentar gráficamente las vulneraciones del derecho a la vivienda. Seguiremos fotografiando vuestros abusos". Todo ello junto con una copia del Auto judicial.
Del mismo modo, añade que se convocó a todos los seguidores de la PAH el día 13 de junio a una rueda de prensa y manifestación ante la sede de los Juzgados de Guadalajara bajo el lema "El Juzgado de Instrucción no 1 de Guadalajara prohíbe a la PAH fotografiar a la Comisión Judicial que ejecuta los desahucios ¡Paremos este atropello. Es un atentado a la libertad de expresión!".
Para la Fiscalía, procede imponer al acusado doce meses de multa con una cuota diaria de diez euros por el delito de injurias con publicidad, tres años de cárcel por un delito contra la intimidad del apartado y un año más de prisión por un delito de desobediencia grave a la autoridad.
Restricción desproporcionada
Ante el juicio que tendrá lugar este jueves, Amnistía Internacional reconoce en nota de prensa el derecho de las autoridades a establecer restricciones al ejercicio del derecho a la libertad de expresión, pero añade que estas limitaciones deben siempre estar previstas en la ley y ser "necesarias y proporcionales" para el propósito de proteger un interés legítimo, como los derechos y la reputación de otras personas.
"En ningún caso estas limitaciones deben poner en peligro el derecho a la libertad de expresión en sí mismo", añade, para agregar que tal como ha señalado el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, los funcionarios públicos "deben tolerar un mayor grado de crítica que los ciudadanos ordinarios en relación con el cargo que ostentan y la función que desempeñan".
Según, Daniel Canales, investigador de Amnistía Internacional, "el empleo de leyes de difamación, como el delito de injurias, con el propósito o el efecto de inhibir la crítica hacia el gobierno u oficiales públicos viola el derecho a la libertad de expresión".
A este respecto, Amnistía Internacional muestra su oposición a las normas que criminalizan la difamación, ya sea de figuras públicas o incluso de otros individuos, que de ser objeto de respuesta por las autoridades debería en todo caso abordarse en el seno de procesos civiles y no penales.
Además, observa que las imágenes publicadas y que constituyen el objeto del enjuiciamiento muestran a los miembros de una Comisión Judicial que se encontraba en la vía pública desempeñando una función pública. "Esta publicación fue realizada por un activista por el derecho a la vivienda que denunciaba una situación de claro interés para el debate público y de elevada importancia social, como lo eran y lo son los desahucios sin alternativa habitacional que pueden constituir violaciones a los derechos humanos".
Amnistía Internacional observa a su vez que la acusación por el delito de desobediencia también interpone una restricción indebida al derecho a la libertad de expresión. "Las autoridades han argumentado que las publicaciones realizadas en redes sociales por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca y la convocatoria de una rueda de prensa y de una manifestación para protestar contra la medida cautelar adoptada por el Juzgado de Instrucción, ordenando a Twitter retirar la imagen publicada, se enmarcan en este delito penal al no acatar las órdenes de la autoridad competente".
No obstante Amnistía Internacional ha notado que estas únicamente abarcaban la publicación de imágenes relativas a la actuación de desalojo y a imágenes relativas a la Comisión Judicial que la llevó a cabo. "Por tanto, ni la publicación de mensajes en redes sociales ni la convocatoria a una rueda de prensa y una manifestación parecen resultar contrarias a la orden judicial, sino que estas acciones se enmarcan en el ejercicio legítimo del derecho a la libertad de expresión del acusado y de la PAH".
Tras citar la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Amnistía Internacional considera que los hechos objeto de enjuiciamiento se encuentran amparados por el derecho a la libertad de expresión, y por esta razón hace un llamado urgente a las autoridades a que desistan en la acusación formulada contra a D.C.H.A. por los delitos de injurias con publicidad, contra la intimidad y de desobediencia a la autoridad.