En España se estima que existen alrededor de 9.000 fundaciones con actividad regular. Sin embargo, a pesar de que hay registros de fundaciones a nivel estatal y autonómico, no se puede conocer con exactitud el número total de fundaciones activas dentro del territorio español. Esta es una de las reclamaciones que llevan haciendo desde la Asociación Española de Fundaciones (AEF), que tiene como uno de sus valores la transparencia.
La Asociación Española de Fundaciones (AEF) agrupa a 865 fundaciones españolas de diversas dimensiones, finalidades y ámbitos de actuación. Es la entidad más representativa del sector fundacional en España y la segunda más importante de Europa. La AEF representa y defiende a la totalidad del sector.
Para conocer de primera mano la actividad y los desafíos a los que se enfrenta la AEF, y el sector fundacional en su conjunto, ENCLAVE ODS se reúne con Javier Nadal, presidente de la entidad desde 2011. Nadal cuenta con una trayectoria muy presente en el Tercer Sector.
Pregunta: ¿Qué es una fundación?
Respuesta: Las fundaciones son organizaciones que creadas y orientadas a una misma misión: el interés general. Son organizaciones que nacen de un impulso de generosidad de alguien que las funda y que sólo se puede destinar a fines de interés general y que, además, los destinatarios de esa acción tienen que ser destinatarios beneficiarios genéricos. No puede ser el propio fundador ni su familia ni nadie de su entorno: debe descansar sobre el interés general.
Alguien pone un patrimonio y dice: "Este patrimonio es para tal fin". A partir de ese momento esa organización, esa fundación, sólo puede trabajar por cumplir por ese fin que el fundador ha elegido.
¿En qué se diferencia, por ejemplo, de una asociación?
En que la fundación sólo puede cumplir su misión. Una asociación es un órgano, en ese sentido, democrático, porque la asamblea está formada por todos los miembros de la asociación y así se dirige. La asamblea tiene libertad para cambiar el objetivo. Puede haber nacido como una organización para resolver un problema de interés general pero en su devenir puede decidir cambiar el objetivo. Son dos maneras de actuar, sus señas de identidad.
¿Cuál es el volumen económico del sector fundacional en España?
El volumen económico aproximado es de 8.000 millones de euros. Tiene 267.000 trabajadores censados, pero moviliza a casi medio millón de personas. A esos casi 27.000 trabajadores, hay que sumarle unos 130.000 voluntarios y alrededor de 80.000 patronos. Llega a unos 43 millones de beneficiarios, a casi toda la población.
¿Qué ocurre si una fundación desaparece?
Si una fundación dejara de existir, ese patrimonio no puede volver al fundador. Ese patrimonio está destinado a un fin, y si por algún motivo la fundación se extingue, todo lo demás debe ir a manos de alguien, que en ese caso es el Protectorado, un órgano cuya misión es que las fundaciones cumplan su finalidad. Ese órgano, en el caso de que una fundación se extinga, tiene como misión que el patrimonio cumpla el fin que quería el fundador.
En ese sentido, ¿el patrimonio se reconduciría a otra fundación con fines similares o idénticos?
Correcto. Por eso el valor de la fundación es intrínseco. Una vez que se ha creado, ni siquiera el fundador tiene ya el control de la fundación. El control de la fundación lo tiene la misión. Por esto es muy importante que los órganos de gobierno, como el patronato, cumplan con la voluntad de los fundadores. Y la obligación el protectorado, que es el órgano supervisor de la administración, es garantizar o comprobar que cada fundación está cumpliendo la misión para la que se creó.
Cuando una persona física o jurídica crea una fundación y asigna un patrimonio es el legislador el que dice: 'Esta organización tiene que cumplir esta función'. Y en cuanto a la tarea de todos los que están alrededor, su labor es cumplir la misión y hacerlo de la mejor manera posible, además de ser sostenible para seguir cumpliendo esa misión, que debe ser de interés general.
¿Cómo definiría el interés general?
El interés general es lo que entendemos por el bien común, sin ánimo de lucro. Cualquier beneficio que obtenga tiene que ser reinvertido en el objetivo de la fundación. Los fines de interés general son todos aquellos que afectan al colectivo y que nunca deben confundirse con el lucro. Pueden ser la salud, la igualdad, la atención de los mayores, la investigación, la educación, la cultura, etcétera. No hay una relación exhaustiva. Todo lo que se hace en beneficio de la colectividad. Todos son fines de interés general, menos lo que es interés particular.
El interés general es lo que entendemos por el bien común.
Son amplísimos e imposibles de abarcar. Van creciendo. Por ejemplo, hasta hace poco la protección de datos no era un elemento que estuviese considerado como de interés general hace a lo mejor 50 años. Hoy es uno de los objetivos principales.
Entonces, ¿uno podría crear una fundación basada en el engaño de estar en línea con el "interés general" cuando en realidad es un interés particular?
En ese momento es cuando entra en juego el papel del protectorado. Su primera misión es que cuando una persona va a crear una fundación, debe ir al protectorado, porque esa fundación tiene que estar registrada, y para registrarse tiene que cumplir que no tenga ánimo de lucro y que sus fines sean, efectivamente, de interés general. Es el protectorado el que lo corrobora.
¿Cómo ha estado funcionando el protectorado estos últimos años?
El protectorado lo hace lo mejor que puede, pero nosotros pensamos que necesita una actualización. Porque, precisamente, son temas delicados. El interés general, el actuar sin conflicto de interés, es decir, que se funcione adecuadamente en la consecución de los fines de interés general: eso a veces tiene una línea que puede ser difícil de interpretar. Cuando es difícil de interpretar, lo más lógico es que haya un órgano neutro que lo pueda resolver, y ese órgano neutro debe contar con la suficiente formación y conocimiento de todos los reglamentos para que los pueda aplicar.
El protectorado lo hace lo mejor que puede, pero nosotros pensamos que necesita una actualización.
Para eso es bueno que igual que los órganos de control del mercado, como la Comisión del Mercado de Valores y la Comisión de la Competencia, siempre sean órganos colegiados en los que más de una persona con diferentes conocimientos puedan debatir y hacer una resolución para los temas más complejos. Por esto pensamos que también el protectorado debería de tener una estructura de órgano colegiado. A veces se tocan temas delicados que crean algún conflicto de interpretación o de acción, y es bueno que la decisión en un momento determinado, si las cosas se están haciendo bien o mal, no la tome una sola persona, sino que pueda haber un debate. Por esto pensamos que el protectorado necesita una mejora.
Otra de vuestras quejas está relacionada con la actual Ley de Mecenazgo, ¿podrías explicar cuál es vuestra reivindicación?
El mecenazgo es crear una fundación. El fundador es una persona que cede parte de su patrimonio para que se cumpla un fin. También lo es aquella persona que aporta unos pocos diez euros todos los meses o una pequeña cantidad como socio en una asociación de interés general. Esas son formas de financiar las fundaciones.
En España, el mecenazgo es por supuesto una aportación voluntaria. Las fundaciones actúan y resuelven problemas de interés general y son como una parte de la sociedad del bienestar. Normalmente, es el Estado, a través de los impuestos, el que financia esta sociedad del bienestar, pero una buena parte de las actividades del interés general son llevadas a cabo por fundaciones de manera voluntaria. Complementan lo que el Estado hace y a veces lo sustituyen en aquellas actividades que no llega a financiar.
Las fundaciones cumplen una misión supletoria: crear sociedad civil.
Entonces, en ese sentido es positivo que desde el sector público, desde las leyes, se incentive la voluntad de financiar actividades de interés general desde el sector privado. Es decir, que se financie o que se incentive la financiación de actividades como fundaciones o asociaciones que se dedican a resolver cuestiones, que o bien el Estado no llega o bien el Estado no ha identificado todavía, pero que son cuestiones de interés general.
En el caso de las fundaciones y del interés general, no solo se trata de que haya personas que te financian porque es un valor económico. Tan importante como eso es el compromiso con la causa de las personas. Y ahí las fundaciones cumplen una misión supletoria: crear sociedad civil. Otra reivindicación es que la ley se modernice.
¿Cómo debe modernizarse?
Cada vez se están generando más una serie de nuevos instrumentos, como puede ser la inversión de impacto, donde ya existen empresas que cuando hacen sus proyectos de negocio no sólo piensan en el beneficio que van a obtener, sino también en el impacto social o ecológico que puede tener la actividad que realizan. Buscan un doble beneficio: económico o social.
Esta es una forma de actuar que es complementaria con la que hacen las fundaciones. Esas reformas modernas están todavía en evolución. Lo que nosotros queremos con la Ley de Mecenazgo es que se considere que esa es una forma de filantropía, una forma de mecenazgo que conviene tener en el radar. Los que piden e interpretan el mundo del mecenazgo deben irlo incorporando, o incluso de irlo definiendo. Esos modelos, deben ser, al menos, considerados como posibles vías de mecenazgo.
¿Cómo se crea sociedad civil?
Como las fundaciones lo que hacen es resolver problemas del bien común, las personas que las financian, estando informadas, donan o se comprometen en esa donación porque entienden que la causa es importante. Y empiezan muchas veces aportando dinero, y después van empezando a participar en la resolución de la causa siendo voluntarios que trabajan en la fundación.
Se comprometen con el bien común. Eso es hacer sociedad civil. Esa es la gran labor de las fundaciones, más que resolver los problemas que resuelven, lo que hacen es movilizar a la gente en favor de la resolución de los problemas de los demás. Y eso es lo más importante desde mi punto de vista.