La normativa de tráfico, la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, deja claro que el vehículo tiene preferencia de paso respecto de los animales, salvo en las cañadas señalizadas y determinados casos. Pero por desgracia, los animales no saben leer ni tampoco se les aplica el principio Ignorantia juris non excusat (la ignorancia no exime del cumplimiento de la ley). Por eso conviene saber cómo se debe actuar cuando vemos a un animal en la carretera.
De acuerdo con los datos de la Dirección General de Tráfico (DGT), en 2021, se produjeron 31.990 accidentes de tráfico en los que había estado implicado un animal. De este dato, se extrae otro más preocupante: 5 personas fallecieron y 41 fueron hospitalizadas en este tipo de accidentes.
Para evitar ponernos en peligro en este tipo de situaciones, lo primero de todo conviene estar atento a las señales de advertencia actuales. Las señales P-23 (Paso de animales domésticos) y P-24 (Paso de animales en libertad) son las que advierten al conductor para extremar la precaución en determinados tramos debido a la presencia de animales en la vía.
El año que viene se introducirá una nueva señal de tráfico, la P-24a, que designa un peligro por la proximidad de un lugar donde frecuentemente la vía puede ser atravesada por animales en libertad, tratándose en una proporción muy significativa de jabalíes.
¿Qué hacer si vemos un animal en la carretera?
Si se divisa un animal en la vía, se recomienda reducir la velocidad para salvaguardar nuestra propia seguridad y la de los demás. Y si es posible, detener el vehículo, siempre que se pueda hacer con seguridad. Hay que advertir que si se ve a un animal en la calzada o en los alrededores, es muy probable que pueda haber más.
Hay que tener en cuenta que muchas veces los animales que están en la carretera suelen estar desorientados y son susceptibles de realizar movimientos impredecibles. En el caso de circular cerca de animales grandes, como jabalíes, es aconsejable hacerlo a una velocidad reducida y aumentar aún más la distancia lateral de seguridad para no asustarlos.
En estos casos, el conductor debe intentar, mediante leves toques de claxon, que el animal se aparte. Si no se consigue, debe avisar a las autoridades para que se hagan cargo. Bajo ningún concepto el conductor debe tocar el claxon fuertemente, ni tampoco poner o dejar puestas las luces largas (o de carretera). Esto puede provocar, por ejemplo, que el animal se quede detenido en el medio de la calzada.
¿Y si no puedo detener el vehículo?
En caso de no poder detener el coche, instintivamente se intentará evitar el animal dando un volantazo, pero esto no hay que hacerlo. Con un cambio de dirección brusco se podría perder el control del vehículo, precipitando una salida de la vía o una colisión contra otro vehículo de la calzada.
En cambio, si el choque con el animal es inevitable, o si pudiéramos colisionar potencialmente con otro vehículo en la vía, habrá que continuar, realizando una maniobra de frenada y sujetando el volante con fuerza, para reducir el daño provocado por el impacto. Tras chocar, lo más importante es garantizar la propia seguridad y la del resto de usuarios, por lo que, si es posible, hay que colocar el vehículo fuera de la calzada.
Como en cualquier otro accidente o siniestro, se realizará el protocolo PAS (Proteger, Avisar y Socorrer): Protege y señaliza con la baliza de señalización (o en su defecto, las luces y el triángulo de emergencia) la zona para que no haya un nuevo accidente y avisa a las autoridades competentes (Policía, Guardia Civil, SEPRONA), y a emergencias en caso de haber resultado alguien herido.
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Antes de salir del vehículo hay que tener en cuenta que el animal puede estar herido y ser peligroso, por lo que es desaconsejable acercarse a él. Si lo encontramos tendido en el suelo, tampoco debemos acercarnos ni tocarlo.
Si sale huyendo, no debemos perseguirlo. Simplemente, hay que indicar su dirección de huida en el informe del accidente para facilitar la tarea de búsqueda del animal herido a las autoridades.
¿Y si el animal ya estaba muerto?
Si se encuentra un animal muerto o que haya fallecido en la carretera, como en el caso anterior, se debe recurrir al protocolo PAS. Se desaconseja retirarlo de la carretera, avisando inmediatamente a la Guardia Civil. Si se tratara de una especie cinegética —aquellas que pueden ser objeto de caza—, se avisará al Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA).
¿Cómo retirar a un animal muerto de la carretera?
Este mismo lunes, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) aprobó, a través de la DGT, un procedimiento dirigido a los equipos de conservación autonómicos para retirar animales muertos de las vías.
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En los casos especificados en este reglamento, el personal de conservación deberá seguir el siguiente procedimiento y en este orden: señalizar, retirar al animal fuera de la calzada, identificar la categoría del animal, y por último, gestionar sus residuos en función de su categoría.
Esta norma, según informó el Mitma a EFE Verde, "establece las bases para fomentar la coordinación entre administraciones, la toma de información relevante acerca de la fauna accidentada y su puesta en valor".
¿Responsabilidad en caso de accidente?
Cuando se ha atropellado a un animal, el conductor tiene una responsabilidad civil por el daño causado por la especie cinegética, regulada por la Ley 6/2014, de 7 de abril, siendo este mismo responsable de los daños a personas o bienes.
Solo hay dos excepciones a esta norma: que el accidente del animal sea como consecuencia directa de la caza colectiva de una especie o de caza mayor el mismo día o que haya concluido doce horas antes —responsabilidad del propietario del terreno—; o, que se haya producido por no haber reparado la valla de cerramiento en plazo o no disponer de señalización —responsabilidad del titular de la vía—.
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Si se trata de un accidente de tráfico con un animal doméstico, se aplica el artículo 1.905 del Código Civil, que dice que es responsable el poseedor del animal: “El poseedor de un animal, o el que se sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe. Solo cesará esta responsabilidad en el caso de que el daño proviniera de fuerza mayor o de culpa del que lo hubiese sufrido”.
Si existen heridos o fallecidos, también podría existir una responsabilidad penal.
¿Y el seguro?
A nivel del seguro del coche, las compañías aseguradoras ofrecen generalmente la cobertura de daños propios por impacto contra animales cinegéticos como una garantía optativa de las pólizas básicas, sin que sea necesario contar con un seguro a todo riesgo.