La responsable de la Fiscalía General no quiere improvisar ni que el avance de actuaciones independentistas en Cataluña la sorprendan sin poder dar una "respuesta adecuada", afirman fuentes del Ministerio Público. El jefe de la secretaría técnica, José Miguel de la Rosa, y otros directos colaboradores de la fiscal general estudian desde hace días qué posibilidades ofrece el ordenamiento jurídico para reaccionar, en las distintas jurisdicciones, contra el desafío secesionista.
Entre los que están analizando las posibles respuestas se encuentra el teniente fiscal, Luis Navajas, y varios prestigiosos fiscales de Sala, que constituyen la cúpula de la Fiscalía.
El análisis afecta a las jurisdicciones constitucional, contencioso-administrativo y penal. La primera de ellas está a expensas de los recursos e impugnaciones que se presenten en el Tribunal Constitucional y ahí la Fiscalía no puede llevar la iniciativa, sino intervenir en los distintos procesos en la medida en que la Ley Orgánica del TC lo permita. La primera aproximación a las posibilidades en el ámbito contencioso-administrativo tampoco ofrece posibilidades de iniciativa a los fiscales.
La vía que más seriamente se está analizando es la penal. Aunque la opinión no es unánime ni hay una decisión tomada, los expertos de la Fiscalía consideran que podría perseguirse por un delito de conspiración para la sedición a los promotores e impulsores de la resolución secesionista que ha sido aprobada este lunes por mayoría en el Parlamento de Cataluña.
Qué es la sedición
De acuerdo con el Código Penal, la conspiración existe cuando dos o más personas se conciertan para la ejecución de un delito y resuelven ejecutarlo. La conspiración sólo puede castigarse en los delitos que de forma expresa lo prevean. La sedición es uno de ellos. Este delito se dirige contra quienes "se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes o a cualquier autoridad (...) el legítimo ejercicio de sus funciones, el cumplimiento de sus acuerdos o de las resoluciones administrativas o judiciales".
Si la sedición es cometida por una autoridad, como eventualmente sería el caso de los parlamentarios catalanes, la pena prevista es prisión de 10 a 15 años, además de inhabilitación por el mismo tiempo.
La conspiración, la provocación y la proposición se castigan con penas inferiores que, como mínimo, alcanzarían los dos años y medio de cárcel e inhabilitación. Sus autores no podrían, por tanto, eludir el ingreso en prisión en caso de condena porque sólo puede ser suspendida la ejecución de los fallos que estén por debajo del umbral de los dos años de privación de libertad.
La clave de la tipificación del delito de sedición, consideran los expertos de la Fiscalía, es el alzamiento de un sector de la población, en este caso para impedir la aplicación de la Constitución en Cataluña o -cuando se produzca- impedir el cumplimiento de los acuerdos del Tribunal Constitucional que suspendieran la aplicación de la resolución rupturista.
La tesis que se maneja es que, al tratarse de una conspiración, no es preciso que el alzamiento se haya consumado, sino que basta con que el levantamiento de un sector del pueblo sea la finalidad de los promotores de la sedición o demostrar que ése será el resultado razonablemente previsible de continuar los promotores con su plan delictivo.
En todo caso, las fuentes consultadas consideran que es preciso esperar a ver qué pasos se van dando en Cataluña a partir de la aprobación de la resolución que plantea el inicio del proceso de desconexión de Cataluña respecto al resto del Estado. En función de esos pasos se podrían poner de manifiesto indicios suficientes que conformen la conspiración para la sedición o aparecerán, en su caso, otras figuras delictivas como la desobediencia al TC o la malversación de fondos públicos. "No sería tolerable que conductas claramente ilegales sean financiadas con dinero público", señalan las fuentes consultadas.
"José María, ¿podemos contar contigo?"
La situación de Cataluña se percibe en la Fiscalía General con un alto grado de preocupación. Aunque existe cierta incomodidad, derivada de que se cree que el Gobierno ha puesto en la primera línea de choque a las instituciones jurídicas (el TC, los tribunales o la propia Fiscalía) para lo que a todas luces es sobre todo un problema de orden político, las instrucciones de Madrigal son buscar "todas las vías jurídicas posibles".
Consuelo Madrigal vivió en primera persona el conflicto que provocó en la Fiscalía General la celebración de la votación independentista del 9-N, hace ahora justamente un año. Ella era entonces fiscal de Sala de menores y participó en la Junta de Fiscales de Sala que tuvo que convocar su antecesor, Eduardo Torres-Dulce, para que los 'generales' de la carrera avalaran la querella que la Fiscalía del Tribunal Superior de Cataluña se negó a interponer contra el presidente de la Generalitat, Artur Mas, por un delito de desobediencia al TC. Esa querella fue admitida a trámite y está siendo instruida por el Tribunal Superior de Cataluña.
La obsesión de la fiscal general es que una situación similar no le ocurra a ella. Por eso ha puesto a trabajar a la maquinaria técnica de la Fiscalía y por eso aprovechó el pasado martes un viaje a Madrid del fiscal superior de Cataluña, José María Romero de Tejada, para hablar con él.
En esa reunión, Madrigal preguntó abiertamente a Romero de Tejada si podían "contar con él", una cuestión del todo oportuna puesto que en 2014 el fiscal catalán no fue capaz de controlar la 'rebelión' de sus subordinados ni de asumir como fiscal jefe la redacción de la querella contra Mas, que tuvo que elaborarse en Madrid.
La actual situación de Cataluña es, no obstante, de mucha mayor gravedad que hace doce meses y el fiscal superior no dudó en garantizar a Consuelo Madrigal que tiene su pleno apoyo.