Rodrigo Rato está cada vez más cerca del banquillo. Salvo que prospere -y es improbable- un recurso de apelación ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, el ex vicepresidente económico del Gobierno de Aznar y ex director del Fondo Monetario Internacional deberá responder de un supuesto delito de administración desleal por el dinero de Cajamadrid que, bajo su presidencia (2010-2012), acabó en los bolsillos de los consejeros, miembros de la comisión de control y altos ejecutivos de la entidad que se beneficiaron de las tarjetas black.
Fueron, en total, 12 millones de euros gastados entre 2003 y 2012 en "restaurantes, bares, autopistas, gasolineras, hoteles, agencias de viajes, clubes de golf, grandes almacenes, farmacia, obras de arte, enseres domésticos, librerías, papelerías y discos, expendeduría de tabaco, confección textil, flores y plantas, clubes deportivos, recarga de telefonía, perfumería, tecnología electrónica, joyerías y relojerías, transporte vía marítima, supermercados, juguetes, espectáculos, casinos, zapatos, marroquinería, suscripciones a publicaciones periódicas, reparación de automóviles o café", recuerda el juez instructor Fernando Andreu en una resolución conocida este miércoles.
El magistrado ha desestimado los recursos de reforma interpuestos por 26 de los 66 implicados contra la resolución dictada el pasado 23 de diciembre, en la que acordó iniciar la preparación del juicio oral contra ellos. Andreu confirma que esos 66 ex directivos y administradores de Cajamadrid utilizaron las tarjetas black con conocimiento de su opacidad ya que, según el instructor, no formaban parte de sus retribuciones, no fueron utilizadas para funciones de representación, los gastos no debían ser justificados y fueron emitidas al margen del protocolo ordinario de otorgamiento de tarjetas de empresa.
Entre los recursos que el instructor ha desestimado se encuentra el de Rato, para quien el fiscal pide cuatro años y medio de prisión. Rato alegó que no pudo participar en ninguna decisión ni acto ejecutivo entre 2003 y 2010, período en el que Miguel Blesa presidía la entidad, y que él accedió a la presidencia "cuando ya se venían desarrollando acuerdos adoptados en todos los órdenes respecto a las tarjetas".
Dio instrucciones
El intento de Rato de refugiarse en las decisiones y el sistema de funcionamiento heredado de Blesa ha sido rechazado por el juez. "La instrucción ha acreditado indicios suficientes de que los dos sucesivos presidentes ejecutivos de Cajamadrid y Bankia, Miguel Blesa y Rodrigo Rato, impartían instrucciones a Ildefonso Sánchez Barcoj [ex director general de Cajamadrid, también acusado en el procedimiento] sobre la emisión, anulación, ampliaciones del límite disponible, posibilidad de disponer o no en efectivo", contesta Andreu.
"En definitiva", añade, "Rato se habría excedido en los límites de las facultades que tenía atribuidas en su condición de presidente ejecutivo, decidiendo la emisión y entrega de estas tarjetas a sus beneficiarios al margen del circuito establecido con carácter general y ordinario por la entidad, consciente de que para ello no existía cobertura contractual ni estatutaria, ni resolución de los órganos de gobierno que lo autorizase".
Según el juez, Rodrigo Rato "mantuvo la existencia de estas tarjetas oculta a cualquier otro órgano de la entidad distinto de los propios beneficiarios, así como al auditor externo y al Banco de España".
Además, "permitió su contabilización de forma anómala en cuentas de gasto previstas para otra finalidad".
La resolución de Andreu se puede recurrir en apelación, pero no es previsible que la Sala tumbe un procedimiento en el que ella misma ha incluido a altos directivos de Cajamadrid que habían sido previamente exonerados por el instructor.
El juez recuerda a este respecto que la Sala revocó en julio de 2015 el sobreseimiento del proceso para 12 beneficiarios de la tarjetas black que, finalmente, también irán al banquillo. Entre ellos se encuentra el ex jefe de la Casa del Rey Rafael Spottorno.
El instructor enumera hasta 12 indicios contra esos empleados de lujo de Cajamadrid, indicios establecidos por la Sala "y no desvirtuados" en los recursos. Menciona, así, que el uso de las tarjetas black no estaba contemplado en sus contratos ni en sus nómimas, tampoco se practicaba la retención oportuna "como hubiera sido
lo apropiado de tratarse de verdaderas remuneraciones" y las cantidades gastadas "no eran declaradas por los perceptores".