El recién nombrado consejero de Asuntos Exteriores y Relaciones Institucionales de la Generalitat de Cataluña, Raul Romeva, tendrá que suspender todas las actuaciones relacionadas con el primer ámbito de su 'cartera' después de que este martes el Pleno del Tribunal Constitucional haya admitido a trámite el conflicto de competencias promovido por el Gobierno de Mariano Rajoy contra las funciones asignadas a esa Consejería.
El presidente del Gobierno en funciones acordó el pasado día 5 impugnar ante el Tribunal Constitucional los decretos 2/2016 y 45/2016 del Gobierno catalán presidido por Carles Puigdemont. En estas normas, vigentes respectivamente desde el 13 y el 19 de enero pasados, se creó el Departamento de Asuntos Exteriores, Relaciones Institucionales y Transparencia y se estableció su estructura y organización.
Rajoy no ha impugnado todas las funciones y estructuras de ese Departamento sino exclusivamente las que se refieren al ámbito de los asuntos exteriores, que, de acuerdo con la Constitución, es competencia exclusiva del Estado.
El conflicto de competencias, cuya interposición fue informada favorablemente por el Consejo de Estado, sostiene que los decretos parcialmente impugnados no respetan la facultad exclusiva del Estado de ordenar los órganos y administraciones que ejecutan la política exterior, "entendida como un conjunto de decisiones y acciones del Gobierno para preservar las competencias estatales en materia de relaciones internacionales, a la que deben sujetarse las comunidades autónomas, como estipula la Ley 2/2014 de la Acción y del Servicio Exterior del Estado y el artículo 97 de la Constitución".
Para el Gobierno, la denominación misma del Departamento catalán "contiene una expresión que vulnera la competencia estatal, como es la relativa a los Asuntos Exteriores y no a la acción exterior de la Generalidad de Cataluña". El propio Estatuto de Cataluña prevé la facultad de la Generalitat de impulsar la proyección de Cataluña en el exterior pero "respetando la competencia del Estado en materia de relaciones exteriores".
Además, sostiene el escrito en el que se plantea el conflicto de competencias, "en la atribución detallada de funciones del nuevo Departamento no se contiene previsión alguna relacionada con la necesaria coordinación de la acción exterior por el Gobierno de la Nación".
Cuando promovió el conflicto, el Gobierno invocó el artículo 162 de la Constitución, que establece la suspensión automática de las normas autonómicas impugnadas. Las funciones del Departamento de Romeva relativas a los asuntos exteriores quedan, por tanto, paralizadas de forma cautelar durante los próximos 5 meses. En ese plazo el TC debe levantar o confirmar la suspensión o bien dictar la sentencia sobre el fondo del asunto.