La Fiscalía del Tribunal Supremo ha pedido a la Sala Penal que no abra una causa contra los dirigentes de Podemos Pablo Iglesias e Íñigo Errejón por supuestos delitos de asociación ilícita, apropiación indebida, cohecho y contra la Hacienda Pública, entre otros, reseñados en una querella del sindicato Manos Limpias.
Para el fiscal, esa querella no debe ser admitida a trámite al no contener "indicios accesibles y racionales" de supuestos delitos relacionados con la financiación de Podemos y de actividades realizadas por sus dirigentes a cargo de los Gobiernos de Irán y Venezuela.
La Fiscalía no ve datos de relevancia penal en un informe denominado PISA, "que se dice acrónimo de Pablo Iglesias Sociedad Anónima y se atribuye a la Dirección Adjunta Operativa de la Dirección General de la Policía", señala.
Ese documento, al que el fiscal no reconoce autenticidad como informe oficial, fue adjuntado por Manos Limpias en la querella y señala que el programa televisivo La Tuerka y otras actividades de los dirigentes de Podemos han sido financiadas por el Gobierno de Irán con dos millones de euros. Por su parte, el Gobierno de Venezuela habría pagado 4,2 millones: 3,7 millones por supuestos informes de asesoramiento elaborados por la Fundación Centro de Estudios Políticos y Sociales, vinculada a Iglesias, Errejón y Luis Alegre, y otros 425.000 euros cobrados por Juan Carlos Monedero (contra el que no se dirige la querella) por un informe sobre la implantación de una moneda única en los países bolivarianos.
El fiscal señala que el Supremo ya archivó una querella anterior relacionada con la financiación del programa La Tuerka. "La actual querella se basa en los mismos hechos y se atribuyen los mismos delitos sin aportar, en relación con Iglesias, nuevos datos o nuevos documentos relevantes que pudieran justificar un cambio de criterio en orden a la admisión de la querella".
El informe PISA, añade, es "una meta remisión de informaciones no autenticadas difundidas públicamente por los medios de comunicación sin ofrecer indicios accesibles y racionales".
No hay estafa en Errejón
La querella también incluye, respecto a Errrejón, los hechos relacionados con su inhabilitación por la Universidad de Málaga al haber cobrado como investigador de un proyecto sin desplazarse a la ciudad andaluza y por haber cobrado de Podemos sin solicitar a la Universidad la compatibilidad salarial.
El fiscal del Supremo señala que la querella describe unos hechos "que ya han tenido respuesta en el expediente disciplinario" tramitado y resuelto por la Universidad de Málaga. Errejón fue inhabilitado por dos faltas disciplinarias al no haber desarrollado el trabajo para el que fue fichado conforme a los términos contractuales pactados.
"Más allá de la ilicitud disciplinaria o su decoro ético", concluye el fiscal, "los hechos no revisten entidad para ser considerados constitutivos de infracción penal".
"Ni la firma del contrato de investigación ni la percepción de cantidades por trabajos realizados (para Podemos) vulnerando las normas de incompatibilidad contienen los elementos estructurales del delito de estafa", explica. "No concurren ni el engaño previo típico de la estafa ni el desplazamiento patrimonial" que convierten la conducta en delictiva.