Victoria Rosell

Victoria Rosell Efe

España TRIBUNALES

La jueza de Podemos, bajo la lupa de la Sala Penal del Supremo

Va a ser analizada la actuación de Victoria Rosell en el procedimiento que instruyó contra el empresario Miguel Ángel Ramírez.

13 abril, 2016 22:03

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La actuación de la diputada de Podemos y jueza en excedencia Victoria Rosell en el procedimiento que instruyó en Las Palmas contra el empresario Miguel Ángel Ramírez, con quien la pareja de la magistrada estaba haciendo negocios al mismo tiempo, va a ser analizada por la Sala Penal del Supremo antes de decidir si admite o no a trámite una querella interpuesta contra ella por el ministro de Industria en funciones, José Manuel Soria.

La querella, que atribuye a Rosell supuestos delitos de retardo malicioso en la administración de justicia, prevaricación y cohecho, parte de unas manifestaciones realizadas por la ahora diputada durante la última campaña electoral en las que acusó a Soria de utilizar a la Fiscalía para neutralizarla a ella como rival político.

Se refería a que la Fiscalía de Las Palmas había abierto unas diligencias para investigar si Victoria Rosell, como titular del Juzgado de Instrucción número 8 de esa ciudad, debía haberse abstenido de intervenir en unas diligencias abiertas por presuntos delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social al empresario Ramírez, presidente de la Unión Deportiva Las Palmas.

Según la querella, Rosell instruyó ese asunto mientras su pareja, el periodista Carlos Sosa, estaba negociando acuerdos comerciales con Ramírez, entre ellos el arrendamiento por 300.000 euros de una licencia de radio que necesitaba la Unión Deportiva Las Palmas.

El pasado 21 de marzo, Ramírez declaró ante el nuevo magistrado del Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas que sus relaciones comerciales con Sosa se remontan al año 2000, lo que, de confirmarse, significaría que Rosell estaba tomando decisiones sobre la situación penal del empresario con el que su pareja hacía lucrativos negocios.

Antes de decidir si abre o no una causa penal a Rosell, el Supremo ha acordado hacer uso del artículo 410 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al igual que ha hecho en otros supuestos de querellas contra jueces, para analizar la verosimilitud de la imputación.

"Fruto de oportunistas designios de venganza o notoriedad"

Se trata, según explica la Sala, de "evitar la admisión de querellas que, injustificadamente, pudieran perturbar el correcto ejercicio de la función judicial" y descartar las acciones penales contra jueces que "sean fruto de oportunistas designios de venganza o notoriedad", tal como ha señalado la doctrina en casos precedentes.

El Supremo ha decidido llevar a cabo tres diligencias que considera necesarias para pronunciarse sobre la querella de José Manuel Soria "ante la gravedad de las imputaciones" realizadas contra ella, “por más que hasta ahora sólo tengan un sostén puramente hipotético o coyuntural”.

En primer lugar, la Sala acuerda requerir al magistrado que ha sustituido a Rosell en la tramitación de las diligencias contra el empresario Ramírez un informe sobre todos aquellos extremos que hayan resultado determinantes del actual estado de las actuaciones, con indicación de las vicisitudes e incidencias que hayan podido afectar a la duración del proceso. La Fiscalía de Las Palmas ha formulado varias quejas sobre el retraso del procedimiento cuando era instruido por Rosell.

En segundo término, la Sala va a pedir al letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas una copia de las declaraciones de Miguel Angel Ramírez.

Finalmente, solicitará al promotor de la acción disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial una copia de las diligencias informativas abiertas a Victoria Rosell tras una denuncia de la Fiscalía y que fueron archivadas el pasado 12 de febrero. El promotor descartó entonces que la magistrada hubiera incumplido su deber de abstención en la tramitación de la causa contra el empresario con el que su pareja ha estado haciendo negocios.

La Fiscalía, del Supremo, que propuso el rechazo de la querella, sí ha pedido a la Sala que remita al CGPJ la documentación aportada por el querellante “a los efectos oportunos”.