El pasado martes 3 de mayo el Rey firmaba el decreto que anunciaba la nueva cita con las urnas el próximo 26 de junio. 34.597.844 electores residentes en España están llamados a votar. Es posible que usted, elector, para ese domingo estival y electoral se encuentre de vacaciones y no pueda acudir a las urnas. A continuación, mostramos algunas de las claves para votar por correo si esta es su situación.
Solicitud de voto
El ruego del voto por correo, tanto para residentes en España como los españoles que residan fuera comenzó el pasado 3 de mayo. Desde esta fecha y hasta el 16 de junio los votantes podrán solicitar la documentación necesaria para ejercer su derecho a sufragio por correo.
Los impresos de solicitud están a disposición de los electores en las oficinas postales de España. El votante entregará este impreso debidamente cumplimentado y personalmente en cualquier oficina de Correos.
Envío de documentación y remisión del voto
Una vez finalizado este paso, la Oficina del Censo Electoral enviará la documentación necesaria para la emisión del voto durante el periodo del 6 al 19 de junio. Recibidos los impresos necesarios, el votante tendrá de plazo para la emisión del voto hasta el 22 de junio.
Deberá presentar y enviar el modelo oficial de sobre a la mesa electoral en cualquier oficina postal. Este ha de contener el certificado de inscripción en el censo electoral y el de votación, donde se incluirá la papeleta.