El juez de Sevilla acaba de cerrar la instrucción por la pieza política del caso de los ERE de Andalucía y ha acordado abrir juicio oral, entre otros, a los expresidentes de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves y José Antonio Griñán, por prevaricación, además de para este último en concurso con uno de malversación de caudales públicos. Se trata de la primera pieza de toda la causa de los ERE que se ha cerrado, y la más relevante, y es la primera que se prevé enjuiciar. 

Los dos fueron citados a declarar en calidad de investigados el pasado mes de marzo y a pesar de negar cualquier participación en la concesión irregular de expedientes de regulación de empleo, el juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, Álvaro Martín, sí considera que hay indicios suficientes para que se sienten en el banquillo.

Además de los dos expresidentes, de las 48 personas investigadas en esta causa, el juez archiva la causa para 24 de ellas, mientras que el resto irán a juicio. Entre los encausados se encuentra la exministra de Fomento, Margdalena Álvarez por su cargo de consejera en Andalucía, al igual que Gaspar Zarrías, ambos por un delito continuado de prevaricación.

También se encuentran los exconsejeros, José Antonio Viera Chacón, Antonio Fernández García, Francisco Vallejo Serrano, Carmen Martínez Aguayo; además, son encausados por estos dos delitos los dos viceconsejeros de Empleo Agustín Barberá Salvador y Justo Mañas Alcón; un viceconsejero de Innovación, Jesús Mª. Rodríguez Román; tres directores generales de Trabajo, Francisco Javier Guerrero Benítez, Juan Márquez Contreras y Daniel Alberto Rivera Gómez; un secretario general de Empleo, Juan Francisco Sánchez García; dos secretarios generales técnicos de Empleo, Javier Aguado Hinojal y Lourdes Medina Varo; un interventor general de la Junta de Andalucía, Manuel Gómez Martínez; y tres directores de la Agencia IFA/IDEA, Miguel Ángel Serrano Aguilar, Jacinto Cañete Rolloso, y Antonio Valverde Ramos.

La imputación de un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito continuado de malversación de caudales públicos que el juez atribuye al expresidente Griñán y a 17 altos cargos de la Junta de Andalucía se justifica porque son personas que desde 2005 conocían los informes de la Intervención General de la Junta de Andalucía, informes que advertían que por parte del director general de Trabajo se estaban otorgando ayudas de manera arbitraria, sin procedimiento, e incumpliendo las garantías y fines propios de las ayudas y subvenciones a las que se destinaban aquellas partidas, y no hicieron nada para evitarlo.

Imposible desconocer los hechos

Según explica el auto, “no era posible desconocer los graves hechos que se ponían de relieve en el informe ni su conexión con el sistema de reparto de ayudas y subvenciones instaurado en 2000, de modo que quien decidió proseguir con la praxis instaurada lo hizo asumiendo todas sus consecuencias, es decir, asumiendo que fondos públicos eran puestos en manos de persona no autorizada para disponer de ellos, que esta persona los repartía con total discrecionalidad o arbitrariedad, sin justificar los motivos de la concesión, sin controlar el destino de los fondos concedidos, asumiendo obligaciones de manera discrecional y comprometiendo con ello el erario de la Junta de Andalucía".



El juez aprecia "una pluralidad de autoridades o funcionarios que han venido a instaurar un procedimiento de reparto de fondos públicos, originalmente destinados a ayudas y subvenciones, que se ha traducido en la disposición de los mismos por persona no autorizada para ello, como era el Director General de Trabajo, que no era competente para esa disposición hasta la Orden de 3 de marzo de 2010, a través de un sistema carente de las elementales exigencias de publicidad y control, sin atender a los fines propios para los que estos fondos estaban destinados, todo ello durante un periodo de más de diez años y sobre un importe superior a los 850 millones de euros".



A todos los encausados, el juez les considera responsables de generar, implantar, mantener e impulsar entre los años 2000 y 2011, y desde el gobierno de la Junta de Andalucía y en el área de la Consejería de Empleo, un procedimiento específico, que eludiendo los controles establecidos y a través de modificaciones ilegales de partidas presupuestarias, obtuvo fondos públicos y estableció el modo de gastar estos caudales públicos de manera arbitraria y discrecional, empleando el instituto IFA/IDEA como pagador.



No puede admitirse la ignorancia

Para todo ellos, "concurren elementos suficientes para sostener, siquiera indiciariamente, que conocían la ilicitud del sistema que estaban instaurando y, por tanto, no debe admitirse su aducida ignorancia".



Las investigaciones llevadas a cabo demuestran que los ahora imputados conocían que este “procedimiento específico” para la concesión de ayudas y subvenciones era irregular y tenía como único objeto eludir la aplicación de los procedimientos ordinarios y, en especial, los mecanismos de control previo de la Intervención General de la Junta de Andalucía, con el fin de así disponer de las partidas presupuestarias y, en vez de destinarlas a ayudas sociolaborales y a empresas aplicando la ley, estos fondos se repartieron arbitrariamente, entregándolos a otros fines en una cuantía no determinada pero no inferior a 854.838.243 euros.

El juez indica en el auto como a través de este procedimiento "se ha dado ocasión a que, por motivos ajenos al interés general, se haya podido disponer de fondos públicos con fines distintos a los propios de las ayudas a empresas o a personas afectadas por expedientes de regulación de empleo, se han dado caudales públicos a entidades y personas que no reunían los criterios establecidos para acceder a ellos, y se han concedido subvenciones en cuantía improcedente".



Fraude acreditado

Como casos de este fraude acreditado, el juez señala también tanto a los denominados intrusos -personas incluidas en los expedientes que eran ajenas a los trabajadores de esas empresas- como el abono de comisiones indebidas a terceras personas -las denominadas sobrecomisiones-, mediante la asunción por parte de la Junta de obligaciones económicas de las empresas, sin justificación ni criterio, o como mera liberalidad.



El mecanismo fundamental para llevar a cabo la obtención de fondos públicos y el modo de gastar estos fondos -al margen de la Ley General de Subvenciones (Ley 38/2003) y de la Ley General de Hacienda Pública de Andalucía- consistió en emplear el instituto IFA/IDEA como pagador de las ayudas sociolaborales. "Al aparecer IFA-IDEA como mera caja de pagos no resultaba de aplicación el régimen ordinario propio de los casos en los que este instituto era el concedente de la ayuda y, por tanto, no se le aplicaba ningún control previo".



El auto relata los mecanismos utilizados en este procedimiento, al que califica en varias ocasiones que actuaba con "opacidad", "manipulación" y "encubrimiento". Según el instructor, "pese a las irregularidades y situación de descontrol que, de modo reiterado, denunciaban estos informes, tanto de la Intervención General de la Junta de Andalucía, como de Price-Waterhouse, o de Garrigues, se constata que no se adoptó medida alguna para enmendar el sistema. Muy al contrario, se continuó nutriendo el mismo con fondos públicos, empleando, si era preciso, instrumentos tales como la modificación presupuestaria a aprobar por el Consejo de Gobierno o por la Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía".

Noticias relacionadas