El magistrado de la Sala de lo Civil y Penal Enrique Quiñonero, que esta mañana ha tomado declaración al expresidente de Murcia Pedro Antonio Sánchez, no ha necesitado mucho tiempo para tomar una decisión sobre el futuro penal del político del PP.
En una resolución hecha pública a primera hora de esta tarde, el juez ha declarado terminada la investigación y ve motivos para que Sánchez se siente en el banquillo, por lo que da un plazo al fiscal y a las acusaciones para que presenten sus escritos de acusación.
El instructor, a la vista de las actuaciones remitidas por la Audiencia Nacional, y una vez oída la declaración de Sánchez, estima que se han practicado las diligencias “necesarias y suficientes para determinar la naturaleza y el grado de participación en los mismos de los investigados” y ordena la continuación del proceso por los trámites del procedimiento abreviado.
Una vez valorada de forma conjunta las transcripciones telefónicas, los datos de geolocalización de los terminales, el material intervenido y las manifestaciones de las distintas personas que han prestado declaración a lo largo de la instrucción, el auto sintetiza como hechos punibles los los contactos de Sánchez como consejero de Educación y un miembro de su gabinete con personas relacionadas con dos empresas para mejorar la imagen pública de Pedro Antonio Sánchez.
Desvío de fondos públicos
También considera como hechos punibles las condiciones negociadas y el acuerdo de sufragarlas con el desvío de fondos públicos destinados a formación y que fue sólo la operación policial desarrollada a finales de octubre de 2014 la que impidió que los trabajos reputacionales no se efectuaran, los contratos no se formalizaran y las sumas no llegaran a cobrarse.
Según el juez, esos hechos podrían ser constitutivos de delitos contra la Administración Pública, sin más especificación.
La Fiscalía y las demás acusaciones personadas tendrán 10 días para formular escrito de acusación solicitando la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa, “sin perjuicio de que excepcionalmente puedan solicitar la práctica de diligencias complementarias que consideren indispensables para formular acusación”, concluye el auto.
Esta decisión es recurrible ante de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Murcia.