El exconseller de Interior Joaquim Forn

El exconseller de Interior Joaquim Forn EFE

España

El juez mantiene en prisión a Joaquim Forn por riesgo de reiteración delictiva

Pablo Llarena deniega también contestar a un escrito de Puigdemont en el que decía que no necesitaba su permiso para ser investido: "Usted no está personado en esta causa"

2 febrero, 2018 13:26

El juez del Tribunal Supremo que investiga el procès ha denegado la libertad solicitada por el exconsejero de Interior catalán, Joaquim Forn. 

En un auto emitido este viernes, el instructor indica que sigue apreciando riesgo de reiteración delictiva. En este sentido, Llarena considera que la ideología de Forn coexiste con un contexto político en el que no hay certeza de que haya desaparecido la intención de alcanzar la independencia de Cataluña, existiendo todavía sectores que defienden explícitamente que debe conseguirse de manera inmediata. "Precisamente, esa última actitud es la que sostiene quien otorgó en su día la confianza al señor Forn para que fura consejero de Interior y que encabezó la lista electoral en la que el investigado decidió integrarse hace escasas semanas", explica Llarena en clara referencia a Carles Puigdemont.

El juez considera que la instrucción hasta ahora realizada confirma la eventual responsabilidad del exconseller de Interior en la inacción de los 17.000 mossos a su cargo en el despliegue de seguridad por el referéndum ilegal del 1 de octubre.

El juez explica en su auto que Forn era consciente de la misión que se le otorgaba desde el Govern: facilitar que se alcanzara la independencia unilateral burlando las decisiones judiciales. Algo a lo que otros consejeros se negaron. Así de claro lo expone en su auto: "Es sintomático que el investigado fuera nombrado Consejero de Interior tras una crisis de gobierno que -como los consejeros cesados reconocieron- vino propiciada por el rechazo de los depuestos a una estrategia de independización unilateral de Cataluña; siendo casi explícito que el nuevo Consejero de Interior proclamara con ocasión de asumir su cargo, que la función del cuerpo de Mossos d'Esquadra era facilitar una votación que admitió saber que había sido declarada inviable por el Tribunal Constitucional".

Por otro lado, Llarena incide en el riesgo de que Forn reincida en su delito aunque haya renunciado a su acta de diputado porque lo que se investiga es la "responsabilidad ejecutiva y de gobierno que todavía le es alcanzable, no puede eludirse que el riesgo de reiteración delictiva surge fundamentalmente de la subsistencia de los motivos que impulsaron la realización del delito, así como de las circunstancias que lo propiciaron y de un mantenimiento del posicionamiento personal respecto de la observancia o transgresión de la ley". 

La testifical de Pérez de los Cobos, clave

La declaración en sede judicial este jueves del coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos como coordinador del dispositivo de seguridad aquel día es destacado en especial por el instructor en su auto.

Según contó, "el respeto de la convivencia se utilizó como pretexto para impulsar la inacción policial e incumplir la orden judicial de impedir la votación". El juez expone que "el testigo mostró elementos que, por la inmediata y plural información suministrada a su mando con ocasión del operativo, le permiten construir ese juicio conclusivo".

El juez expone que De los Cobos aclaró que "la responsabilidad de Forn era de coordinación, y que la definición de cómo se tenían que ejecutar las funciones que se asignaban a cada uno de los cuerpos policiales comprometidos en la orden de impedir el referéndum, correspondía a su propia escala de mando" y que "la jefatura política y policial del cuerpo de los Mossos d'Esquadra siempre fue contraria a que el declarante asumiera la superior coordinación que le atribuyó el Fiscal Superior de Cataluña".

Rechaza contestar a un escrito de Puigdemont

Por medio de una providencia emitida también este viernes, el juez Llarena rechaza dar contestación a un escrito dirigido por Carles Puigdemont al Tribunal Supremo en el que exponía que no necesitaba su permiso para ser investido porque tenía todas las "garantías" de un diputado electo.

El juez contesta a Puigdemont que inadmite su escrito porque "no está personado en la causa" y devuelve por tanto la petición sin entrar a valorarla.