El vídeo está fechado en el 4 de mayo de 2011. Una Cristina Cifuentes que por entonces era vicepresidenta primera de la Asamblea de Madrid extrae de su bolso dos cremas que habría robado en un hipermercado de la cadena Eroski. Castellana de Seguridad S.A. (Casesa) es la empresa que brinda seguridad al establecimiento. Algo falló en la cadena de custodia de aquel vídeo -debía ser eliminado, a mucho tardar, un mes después de su grabación- si las imágenes han visto la luz en abril de 2018, siete años después del episodio. El responsable se vería en la obligación de pagar una multa de hasta 300.000 euros.
Para comprender los engranajes de esta situación hay que conocer, aunque sea mínimamente, la Ley de Protección de Datos de 2006. Como adelantó EL ESPAÑOL, la Instrucción 1/2006 establece que todo vídeo grabado por una cámara de seguridad tendrá que ser eliminado en el plazo máximo de un mes si no hay una denuncia o investigación policial de por medio: "Los datos serán cancelados en el plazo máximo de un mes desde su captación".
Evidentemente, ese protocolo se quebrantó en el caso de Cristina Cifuentes, quien este miércoles presentó su dimisión acosada por el caso de su máster en la Universidad Rey Juan Carlos y la publicación del vídeo del supuesto hurto.
¿Qué consecuencias legales puede tener la publicación de este vídeo? ¿Qué mecanismos se ponen en marcha desde el momento en el que se conoce que unas imágenes que debían haberse eliminado circulan abiertamente siete años después del episodio?
Leandro Núñez, abogado de Audens y especialista en materia de protección de datos, ofrece las claves: "La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha abierto una investigación que seguirá unas pautas muy concretas", advierte en conversación con EL ESPAÑOL.
La AEPD ha podido actuar de oficio o por petición de la persona perjudicada. En cualquier caso, ahora cuenta con un año para elaborar una investigación previa: "En ella aspira a comprender dónde se rompió la cadena de custodia del vídeo. Hay muchos agentes que podrían estar implicados: la cadena Eroski, la empresa de seguridad (Casesa), algún policía que pudiera haber requerido las imágenes... Hay muchas opciones".
Pasado ese año, la AEPD cuenta con seis meses para la elaboración de un expediente administrativo y decidir si sanciona económicamente a quien rompió la cadena de custodia. Una infracción de la normativa que comprende multas de entre 40.000 y 300.000 euros. Esa cuantía, en ningún caso iría destinada a indemnizar a la persona afectada, Cristina Cifuentes.
Las opciones de Cifuentes
Cristina Cifuentes, hasta este miércoles presidenta de la Comunidad de Madrid, cuenta principalmente con dos opciones, aunque ambas pasan por el juzgado de instrucción. La primera pasaría por presentar una denuncia ahora. En ese caso, prevalecerían las pesquisas judiciales que las de la AEPD, que suspendería sus investigaciones. La segunda, esperar a las conclusiones que obtenga la AEPD y, en caso de que se encuentre un culpable, presentar una denuncia ante los juzgados.
"Yo recomendaría la segunda opción", apunta Leandro Núñez. "La AEPD cuenta con las herramientas necesarias para llevar a cabo una investigación".
La versión de Eroski
"Las grabaciones realizadas por el sistema de videovigilancia en nuestras tiendas son destruidas automáticamente en un plazo menor de 30 días", explica el grupo vasco, que señala directamente a Casesa, la empresa de vigilancia con la que contaban entonces: "Dentro del marco legislativo vigente en 2011, las copias de grabaciones de videovigilancia debían ser realizadas exclusivamente dentro de la cadena de custodia garantizada por el servicio de vigilancia contratado".
En este sentido, Eroski insiste en que, en ese mismo año -cinco meses después del robo-, el hipermercado en cuestión fue vendido a la cadena francesa E.Leclerc, momento el que "toda la documentación" relacionada con la seguridad de esa tienda fue destruida tras el traspaso al nuevo operador. Asimismo, el grupo vasco asegura que se ha puesto a disposición "de las fuerzas y cuerpos de seguridad a los efectos oportunos".
La pelota está ahora en el tejado de la empresa de seguridad, que, aunque sigue funcionando de manera autónoma, fue absorbida en 2015 por Ombuds. Preguntada por esta cuestión, la compañía no ha querido hacer ningún tipo de declaración a lo largo del día.
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