Una amplia mayoría de españoles considera que los artículos de Quim Torra le inhabilitan para ser presidente de la Generalitat. Más en concreto, hasta el 66% de los ciudadanos opina que el president no debería ocupar ese cargo, según el sondeo de SocioMétrica para EL ESPAÑOL.
La pregunta sobre la inhabilitación de Torra es solo una parte del amplio sondeo que se podrá leer esta noche en La Edición de EL ESPAÑOL sobre de la situación creada en Cataluña.
La elección de Torra como president estuvo marcada por la hemeroteca. Afloraron los tuits y los artículos publicados en el pasado por el activista catalán. Unos mensajes de claro contenido xenófobo hacia "los españoles", a los que llegaba a denominar como "bestias". Para los partidos constitucionalistas, Ciudadanos, PSC y PP, y para los soberanistas de En Comú Podem, todas estas afirmaciones de Torra son motivos suficientes como para que no ocupe su cargo.
En ese contexto, SocioMétrica ha preguntado a los españoles si dichos artículos inhabilitan a Torra como president. La respuesta de los encuestados es contundente. El 66% de los españoles considera que el político catalán queda inhabilitado por los citados mensajes. Sólo el 23,1% de los encuestados opina que no son motivo suficiente para que no sea president. Y un 10,9% prefiere no pronunciarse al respecto.
¿Inhabilitación moral o judicial?
La inhabilitación de Torra que respaldan los españoles en esta encuesta se puede interpretar de dos formas. Porque puede hablarse, por un lado, de una inhabilitación política o moral (si está incapacitado para ocupar el cargo por sus opiniones) o puede hablarse, por otro lado, de una inhabilitación judicial (porque haya una sentencia que lo inhabilite).
El segundo caso no está descartado. Porque unos días atrás trascendió que la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña estudia interponer una querella contra Torra por racismo y xenofobia. Los delitos de odio conllevan pueden conllevar penas de prisión e inhabilitación. Así, de confirmarse la querella, podría tener consecuencias sobre el nuevo presidente del Govern.
El posible delito de odio que estudia la Fiscalía
Más en concreto, el artículo 510 del Código Penal, donde se recogen los posibles delitos de odio, indica que "serán castigados con una pena de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses".
Incurrirán en ese delito, entre otras posibilidades, "quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad".
Será decisión de los jueces, si es que la Fiscalía emprende este camino, decidir sobre el futuro de Torra. Incluida su posible inhabilitación. El artículo 56 del Código Penal establece que, en las penas de prisión inferiores a 10 años -como sería el caso del president-, los jueces o tribunales pueden imponer, atendiendo a la gravedad del delito, diferentes penas accesorias como la "inhabilitación especial para empleo o cargo público". En otras palabras, si Torra fuera condenado por un delito de odio debido a sus artículos, el tribunal podría al mismo tiempo inhabilitarlo para seguir en su cargo.
Ficha técnica de la encuesta
Encuesta exprés mediante panel mixto telefónico-online
Se han realizado 600 entrevistas a ciudadanos de 17 o más años en los días 17 y 18 de mayo de 2018. Se hautilizado un panel mixto, de respuesta rápida, propio de Sociométrica, que representa el CER español en cuanto a territorio, sexo, edad, situación laboral y recuerdo de voto en junio de 2016. El error teórico resultante es < +/- 3% para frecuencias marginales globales. Los análisis están automatizados con macros Barwin ©, Gandia Integra © y SPSS © y se someten a análisis de validez y fiabilidad internos. El proceso incluye controles de calidad externos y normativa CCI/ESOMAR y LOPD.
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