El BOE ha publicado este jueves el "acuerdo" que obliga al cierre perimetral de Madrid y otros nueve municipios de la región. La orden fija un plazo máximo de 48 horas para adoptar las medidas. La Comunidad de Madrid ya anunció este miércoles que no acataba esta orden y que estudiaba recurrir el acuerdo porque considera que no tiene validez jurídica al no haberse producido un "consenso" entre todas las comunidades.

En la resolución -que no orden ministerial como anunció Salvador Illa- se explica que el acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISN) que se celebró este miércoles sobre las nuevas restrincciones es de "obligado cumplimiento" por todas las comunidades y ciudades autónomas "con independencia del sentido de su voto".

Sanidad notificó anoche a las CCAA el acuerdo del Consejo Interterritorial con una "orden" firmada por el ministro de Sanidad, Salvador Illa. Moncloa afirma que la obligatoriedad del acuerdo viene marcada por el informe de la Abogacía del Estado, que establece que la norma aplicable en las votaciones del CISN es el artículo 151 de la Ley 40/2015 de régimen jurídico del sector público, que regula esta cuestión para todas las Conferencias Sectoriales.

"Esta ley señala que los acuerdos obligarán a todas las comunidades autónomas, aunque voten en contra, si el Estado ejerce competencias de coordinación, como es el caso", han recordado, para después señalar que, además, esta ley "deroga todo aquello que resulte incompatible con ella".

Cataluña, Galicia, Andalucía, Comunidad de Madrid y la ciudad autónoma de Ceuta votaron en contra de este acuerdo, mientras que la Región de Murcia se abstuvo. Las medidas que ha publicado este jueves el BOE y que fueron aprobadas de "forma colegiada" en el CISN, con el voto favorable de 13 autonomías, restringirán la movilidad en los municipios que cumplan con tres requistos: una tasa de incidencia superior a los 500 casos por 100.000 habitantes, un tasa de positividad del 10% y una ocupación de las UCI superior al 35%.

Sólo 10 municipios, todos ellos en la Comunidad de Madrid, cumplen con estas tres condiciones: Madrid capital, Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Torrejón de Ardoz, Móstoles y Parla.

Medidas obligatorias

La orden especifica cuáles son las medidas de obligado cumplimiento que deben tomarlos municipios que cumplen con esos tres parámetros. 

Se restringirá la entrada y salida de personas de los municipios afectados, salvo para trabajar, estudiar, ir al banco, realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables, volver al lugar de residencia habitual, cuidado de mayores menores, dependientes...

- Se permite la libre circulación de personas residentes dentro del municipio, siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias competentes. Lo que no se permite, por tanto, es salir, por ejemplo de Madrid capital. 

- Reuniones familiares o sociales: máximo seis personas, salvo que se trate de convivientes. 

- Bares, restaurantes y casas de apuestas deberán cerrar a las 23:00 horas. No pidrán admitir nuevos clientes a partir de las 22:00. No se permite el consumo en barra, el aforo será del 50% en el interior y del 60% en el exterior. Las mesas deben guardar una distancia de 1,5 metros y su ocupación máxima será de seis personas. 

- En establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público el aforo será del 50% y la hora de cierre no podrá superar las 22:00 horas. 

- Lugares de culto: un tercio de su aforo, garantizando la distancia mínima de 1,5 metros.

- Velatorios: aforo máximo de 15 personas en espacios al aire libre o 10 en espacios

cerrados.

Academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas: aforo del 50%. 

- Instalaciones deportivas: 50% en el interior y del 60% en el exterior. La práctica deportiva en grupos se reducirá a un máximo de seis personas.

- Se reforzarán las capacidades para la detección precoz y el control de la enfermedad, así como en el ámbito de la atención sanitaria.

Recomendaciones

- Se recomienda "evitar todo movimiento o desplazamiento innecesario" en los municipios afectados y que las comunidades y ciudades autónomas aprueben planes especiales de actuación para controlar la expansión de los contagios en aquellos municipios de menos de 100.000 habitantes con una tasa de contagio superior a 500 casos por cada 100.000 habitantes.

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