El Partido Popular ha elevado a la Junta Electoral Central un escrito para que se pronuncie después de que Pedro Sánchez haya acudido al acto de inauguración de un tramo del AVE del Corredor Mediterráneo en la provincia de Alicante, en plena campaña electoral catalana.
Los conservadores han presentado la queja para que "de forma urgente" se advierta al presidente del Gobierno de que mantenga "una estricta neutralidad" y evite "el uso indebido" de medios públicos "para aprovechamiento propio".
El escrito, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, recuerda que cualquier acto de inauguración debe respetar "el principio de neutralidad política" que todas las administraciones públicas deben mantener durante los procesos electorales.
Los conservadores subrayan el "reiterado incumplimiento" del presidente del Gobierno por situaciones similares que en el pasado también tuvieron que ser denunciados por el PP.
A su juicio, la inauguración de este tramo del AVE al que acudió Sánchez con el ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, es un acto de "connotaciones propagandísticas en favor de una determinada opción política".
El PP mantiene ante la Junta Electoral, la máxima autoridad en esta materia, que Sánchez interfiere "de manera ilegal e ilegítima" en el proceso que hay en marcha en Cataluña, donde hay votaciones el 14-F.
La Loreg
La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) indica que, una vez publicado el decreto de convocatoria electoral, se prohíben los actos de inauguración y las campañas de propaganda institucional para difundir logros de la legislatura.
La inauguración de Sánchez y Ábalos de este lunes se ha hecho fuera de Cataluña, donde hay elecciones, pero la interpretación de la instrucción de la JEC de marzo de 2019 es clara incluso para estos casos: sólo se puede inaugurar desde el sentido estricto del cortar la cinta, sin "existir aprovechamiento ni declaraciones favorables".
Según reza el artículo 50 de la Loreg, desde la convocatoria de los comicios hasta su celebración quedan prohibidos "los actos de inauguración de obras o servicios públicos, o proyectos de estos, sin prejuicio de que dichas obras o servicios puedan entrar en funcionamiento en ese periodo electoral".