Podemos sostiene que el Tribunal Supremo ha condenado "sin pruebas" a su diputado Alberto Rodríguez, por propinar una patada a un policía durante los altercados registrados el 25 de enero de 2014 en La Laguna (Tenerife), durante una manifestación contra la presencia del entonces ministro de Cultura, José Ignacio Wert.
Alberto Rodríguez intentó minimizar su participación en los hechos al declarar como acusado ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, presidida por el magistrado Manuel Marchena. Según consta en la sentencia, el diputado de Podemos aseguró que cuando llegó al lugar de los hechos ya habían concluido los incidentes entre la Policía y los manifestantes.
El vídeo que acompaña a esta noticia corresponde a los altercados registrados en la mañana del 25 de enero de 2014 en La Laguna, que se saldaron con cuatro detenidos. En las imágenes aparece Alberto Rodríguez, perfectamente reconocible por su gran estatura y su peinado de estilo rastafari, encarándose de forma desafiante a los agentes que intentaban mantener una distancia de seguridad entre los manifestantes y la comitiva oficial, en las inmediaciones de la Catedral.
El diputado de Podemos (que todavía no ocupaba ningún cargo público, pues su partido irrumpiría en las elecciones europeas celebradas pocos meses después) aparece en la primera línea de los manifestantes: levanta las manos, profiriere gritos y gesticula ante los policías, que hicieron retroceder al grupo de jóvenes utilizando el material antidisturbios. En el vídeo, varios manifestantes muestran una actitud agresiva y arrojan objetos contra los agentes.
El vídeo tiene un minuto y 23 segundos de duración, por lo que no recoge el momento en el que Alberto Rodríguez propinó una patada a uno de los agentes, según los hechos que el tribunal considera probados en su sentencia. Fuentes de Podemos alegan que el vídeo corresponde a otro momento de las protestas: la concentración celebrada en las inmediaciones de la Comisaría, a la espera de que fueran puestos en libertad los cuatro detenidos en los incidentes de la mañana.
El exsecretario de Organización de Podemos (abandonó este cargo el pasado mes de mayo) ha sido condenado por estos hechos a un mes y 15 días de cárcel e inhabilitación especial para el sufragio pasivo, como autor de un delito de atentado contra agente de la autoridad.
El Tribunal ha rebajado sensiblemente la pena por la "atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas", pues la causa se inició hace siete años, y ha sustituido la prisión por el pago de una multa de 540 euros. Además, deberá indemnizar con 50 euros al agente agredido.
La sentencia pone en evidencia las contradicciones en la declaración de Alberto Rodríguez, quien "negó encontrarse en el lugar de los hechos en el momento en que se producen enfrentamientos físicos entre los agentes y los concentrados en las inmediaciones del lugar de la inauguración. Negó, igualmente, haber propinado una patada a ningún agente policial. Se limita pues, a negar los hechos que se le imputan", subraya el tribunal.
Testimonio de la víctima
Del mismo modo, durante el juicio declaró un inspector jefe de la Policía Nacional, quien manifestó que no vio al acusado entre los manifestantes, durante el tiempo que permaneció al frente del dispositivo de seguridad.
Pese a ello, el tribunal constata que Alberto Rodríguez "aparece en uno de los vídeos en un grupo de personas que se colocan enfrente de varios agentes policiales que están equipados, al menos en parte, con equipo antidisturbios de protección, de donde resulta que, aunque, como sostiene, fuera ya hacia el final, cuando ya está en el lugar, los incidentes aún no habían finalizado; y que aún había posiciones enfrentadas entre agentes equipados con material de protección y distintas personas entre las que se encontraba el acusado".
El tribunal añade que no ve motivos para dudar de la declaración del agente agredido, quien ha mantenido la misma versión desde el inicio de la causa, ha aportado el certificado médico por el golpe sufrió y ha identificado sin ningún género de dudas a Alberto Rodríguez. El policía aclaró que conocía al diputado de Podemos de otras manifestaciones aunque nunca, con anterioridad, le había visto en actitud agresiva.
"La credibilidad del testigo viene avalada además por la persistencia en la versión mantenida desde el principio y por la inexistencia de cualquier clase de animadversión contra el acusado”, señala la Sala en su resolución.
Recurso al Tribunal Europeo
Dos de los siete magistrados que forman parte del Tribunal, Susana Polo y Leopoldo Puente, han firmado un voto particular en el que sostienen que la sentencia debería ser absolutoria, pues consideran que el mero testimonio de la víctima no es suficiente para condenar a Alberto Rodríguez.
Por su parte, Rodríguez ha recibido el apoyo de los principales dirigentes de Podemos -que no han dudado en descalificar al Tribunal Supremo- y ha anunciado que recurrirá la sentencia ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).