Las mascarillas en interiores dejarán de ser obligatorias a partir de este miércoles de 20 abril. La nueva normativa será aprobada este viernes en el Consejo de Ministros y estará en vigor un día después tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Con la publicación de la nueva normativa sobre el uso de mascarillas se conocerá cuáles son las excepciones que contemplará la nueva norma y los espacios en los que su uso será obligatorio en espacios cerrados.
Transporte público y centros sanitarios y sociosanitarios serán lugares en los que la mascarilla seguirá siendo obligatoria. También en algunas circunstancias relacionadas con el ámbito laboral, donde serán los servicios de prevención de cada empresa los que decidan en qué circunstancias sus trabajadores deberán llevar o no mascarilla.
¿Dónde serán obligatorias?
A la espera de que el Gobierno apruebe este martes la nueva norma que regulará el uso de la mascarilla en interiores y su publicación el miércoles 20 de abril, fecha en la que será efectiva, el último informe de la Ponencia de Alertas, Planes de Preparación y Respuesta estableció dónde debería seguir siendo obligatoria la mascarilla:
- Obligatoria para trabajadores y visitantes de centros asistenciales (hospitales, centros de salud, maternidades, centros psiquiátricos, centros de cuidados especializados, centros de donación de sangre...) y personas ingresadas cuando estén en espacios compartidos fuera de su habitación.
- Mascarilla obligatoria para trabajadores y visitantes de centros sociosanitarios (residencias de mayores, centros de personas con dispacidad...).
- La mascarilla deberá llevarse en todo momento en el transporte público (autobús, trenes, aviones, barcos, taxis, VTC...)
- Obligatorio su uso en las farmacias.
- En el ámbito laboral, serán las empresas las responsables de dictaminar su uso en interiores. Sanidad aconseja utilizar la mascarilla siempre que no se pueda cumplir la distancia de seguridad de 1,5 metros y no haya una ventilación continua y adecuada.
- Los expertos recomiendan seguir utilizan la mascarilla en las reuniones de amigos y familiares que se celebren en interiores.
En todo caso, la Ponencia de Alertas aconseja el uso responsable de la mascarilla en interiores para población vulnerable y otros ámbitos como espacios cerrados de uso público, como ginmasios y centros comerciales.
Colegios
La mascarilla ya no será obligatoria en el interior de las aulas de colegios, institutos y universidades. Desde el 20 de abril ni alumnos ni profesores -salvo los vulnerables- deberán llevar mascarilla.
Hasta ahora, la mascarilla se había eliminado únicamente en los patios de los colegios.
¿Y en los gimnasios?
Por el momento, Sanidad no ha dado pistas sobre qué va a ocurrir en el interior de los gimnasios, si habrá excepciones en función de la actividad que se realice o si se exigirá tener la pauta completa de vacunación.
Centros comerciales y supermecados
No será obligatorio el uso de mascarillas para entrar en un centro comercial, tienda o supermercado, por muy pequeño que estos locales sean.
Sin embargo, la Ponencia de Alertas recomienda su uso en espacios cerrados de uso público en los que las personas transitan como los centros comerciales, supermercados o pequeño comercio.
Cines, teatros, conciertos...
Tampoco será obligatorio el uso de mascarilla en los espacios cerrados en los que las personas permanecen tiempo sin comer ni beber, como cines, teatros, salas de conciertos y museos. Aún así, Sanidad recomienda ponerse la mascarilla en estos lugares.
Bares y restaurantes
Hasta ahora, el uso de la mascarilla era obligatorio en todo momento en el interior de cualquier local de hostelería, salvo en el momento de comer y beber. A partir del día 20 de abril se elimina esta norma.