Echa a andar el tribunal que dictará la nueva sentencia del caso ERE sobre Manuel Chaves y José Antonio Griñán
- Los cinco magistrados deben redactar de nuevo su escrito tras el amparo del Constitucional a los dos expresidentes socialistas de la Junta.
- Más información: Cinco jueces dictarán nueva sentencia sobre el 'caso ERE' y los expresidentes socialistas de la Junta Chaves y Griñán
La Audiencia Provincial de Sevilla ha constituido ya el nuevo tribunal que debe dictar la segunda sentencia sobre el caso de los ERE en la parte que afecta a los expresidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán.
Así lo ha comunicado el Tribunal Superior de Justicia (TSJA) este miércoles en un comunicado en el que confirma que serán cinco los magistrados que redactarán el nuevo escrito en el que no podrán condenar a ambos políticos por prevaricación, delito del que fue exonerado por el Tribunal Constitucional.
Entre los cinco magistrados, como adelantó EL ESPAÑOL, estarán dos juezas que ya estuvieron en la primera sentencia -María del Pilar Llorente y Encarnación Gómez- y otros tres magistrados nuevos -Francisco de Asís Molina Crespo, Juan Jesús García Vélez y Patricia Fernández Franco-. La ponencia será tarea de María del Pilar Llorente, añaden desde el TSJA.
Este nuevo plantel de jueces debería acelerar la redación de la nueva sentencia, indicó el presidente del TSJA, Lorenzo del Río, la pasada semana. Sin embargo, no hay ni fecha ni plazos para el nuevo escrito que ha de decidir el grado de implicación y culpa de los exlíderes del PSOE andaluz en la trama de los ERE fraudulentos.
En la sentencia anterior, anulada por el Tribunal Constitucional, se condenó a los expresidentes de la Junta Chaves y Griñán a nueve años y quince de inhabilitación por prevaricación, respectivamente.
Posición del TC
Sin embargo, el TC anuló esta cuestión tras un recurso de amparo de ambos exlíderes del PSOE de Andalucía. "No cabe considerar que la participación en la aprobación de anteproyectos de ley de presupuestos y su aprobación como proyectos de ley pueda ser calificada como resoluciones recaídas en asunto administrativo", indicó el Constitucional para argumentar su sentencia.
"Al haberlo entendido así las sentencias impugnadas han incurrido en una interpretación extravagante e imprevisible de los elementos típicos de 'resolución' y 'asunto administrativo' que vulnera el derecho fundamental a la legalidad penal que garantiza el artículo 25 de la Constitución Española", avisa el TC con relación a lo aplicado a ambos expresidentes.
Así las cosas, y anulada la prevaricación, tanto el PSOE andaluz como el resto de partidos esperan la nueva sentencia. Mientras, los socialistas argumentan que el amparo del Constitucional avala su teoría de que el caso de los ERE fue una "cacería política" contra su partido.