Valencia

El juzgado de Instrucción 18 de Valencia ha procesado al PP como partido y a 49 concejales y asesores de la formación durante el mandato de Rita Barberá en el Ayuntamiento por un supuesto delito de blanqueo de capitales. Así consta en el auto de procedimiento abreviado del juez, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL. Todos los cargos y la propia organización llevaban cerca de seis años imputados en la llamada pieza del pitufeo del Caso Taula.

El juzgado investiga una supuesta trama de corrupción en la que habrían participado varias administraciones y que consistiría en la adjudicación de contratos públicos a cambio de comisiones ilegales. En concreto, la pieza del pitufeo analiza la posible contribución al blanqueo de capitales por parte de nueve de los diez ediles del PP de la legislatura 2015-2019. También procedente de decenas de asesores del grupo municipal.

Su función habría consistido en aportar mil euros cada uno para contribuir a la campaña electoral de las elecciones de 2015. La supuesta trama se los habría devuelto después en dos billetes de quinientos euros. El ex vicealcalde Alfonso Grau habría ejercido de recaudador, según los investigadores.

El auto del magistrado Víctor Gómez Saval acuerda procesar a las mencionadas 49 personas y al PP, y reabre las actuaciones contra el exconcejal Miquel Domínguez que en su día se asignaron al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana por su condición de aforado.

En cambio, decide el sobresimiento libre en relación con los concejales fallecidos María José Alcón y Emilio del Toro, y sobresee provisionalmente la causa por malversación a la exedil Beatriz Simón. A su vez, da veinte días a Fiscalía y las acusaciones para que soliciten el archivo o apertura de juicio y presenten escrito de acusación. La resolución no es firme y contra ella cabe recurso de reforma en el plazo de tres días.

Irregularidades desde 2007

Para el magistrado, de la investigación realizada se desprende "de un modo diáfano" que el PP de Valencia ingresó y destinó a las campañas electorales una cantidad de dinero y de recursos "muy superior a la establecida legalmente", y muy especialmente en la de 2007. Lo habría hecho mediante procedimientos "clandestinos" de financiación que vulneraban los límites de la LOREG y la Ley de Financiación de Partidos Políticos (LFPP).

Según el instructor, fue una sobrefinanciación articulada "exclusivamente" en el "ámbito local" del partido, que "se confundía plenamente" con la actividad política y económica del grupo municipal en el Ayuntamiento. Se trata, añade, de una actividad "opaca, aparentemente, a la estructura nacional del Partido Popular", que fue llevada a cabo por "pocas personas" en el círculo "más estrecho" de confianza de la entonces alcaldesa, Rita Barberá.

Cita en concreto al que fuera su mano derecha, Alfonso Grau, que habría actuado de "recaudador de recursos económicos sustraídos a la regularidad y transparencia contable". También a la que fuera secretaria del grupo, Mari Carmen García Fuster, que habría administrado esos recursos.

Para el magistrado, los hechos relativos a las elecciones municipales de 2007 revisten indiciariamente los caracteres de un delito de malversación de caudales públicos del artículo 432 del Código Penal y de un delito de cohecho impropio, de los que sería autor Alfonso Grau. En el caso de la campaña de 2011, señala que los hechos analizados suponen un delito de cohecho pasivo impropio en la persona Alfonso Grau, y de blanqueo de capitales en el que habrían incurrido tanto este como García Fuster.

Por último, señala que los relativos a la campaña electoral de 2015 presentan caracteres indiciarios de blanqueo de capitales, del que serían presuntos autores todos los concejales, asesores del grupo municipal y miembros del PP de esa época que efectuaron el ingreso de 1.000 euros a requerimiento de García Fuster, a excepción de una de las asesoras, que devolvió el dinero recibido.

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