Los seis experimentados juristas entrevistados por EL ESPAÑOL fueron capaces de leer la sentencia a velocidad de crucero. Todos se posicionan con conocimiento de causa, ajenos al patibulario de las redes sociales. Celebran la “victoria del Estado de Derecho”, pero cada uno lo hace con sus matices. Hay quien describe la unanimidad como una jugada táctica encaminada a la convivencia. También está quien interpreta el texto como “condescendiente” y “buenista”, sin menospreciar ese objetivo.
No obstante, son más los que alaban a la Sala Segunda por haberse blindado de la influencia mediática. “Ya les gustaría a nuestros políticos…”, señala una de las magistradas que participa en este artículo. La sentencia del procés, para los jueces de este país, ha sido como una serie de varias temporadas cuyo final pudieron conocer, por fin, este lunes.
Los seis analistas son: Roberto Blanco, catedrático de Derecho Constitucional; Enrique Gimbernat, catedrático de Derecho Penal; Manuel Almenar, presidente de la Asociación Profesional de la Magistratura; Natalia Velilla, magistrada adscrita a la asociación judicial Francisco de Vitoria; Ignacio González Vega, de Jueces y Juezas para la Democracia; y Tomás Ramón Fernández, catedrático de Derecho Administrativo.
“Prefiero sedición por unanimidad "
Roberto Blanco, catedrático de Derecho Constitucional, confiesa que la sentencia no le ha extrañado “en absoluto”. Nada más comenzar la conversación, avisa de que va a lanzar su titular: “Prefiero la sedición por unanimidad que la rebelión por mayoría”. A ojos de este jurista, lo ocurrido era la mejor salida “desde el punto de vista de la pacificación”.
Él, no obstante, se inclinaba más por la rebelión: “La violencia consignada en la sentencia era perfectamente imputable a quienes participaban en los hechos. Eran conscientes de que su actuación iba a generar esa violencia”.
Blanco reitera la importancia de la unanimidad porque los votos particulares “habrían dado munición” al separatismo: “Esta no es una sentencia cualquiera. Era fundamental que el Estado dejara así de clara su posición”.
“Una sentencia condescendiente”
Tomás Ramón Fernández, catedrático emérito de Derecho Administrativo, fue uno de los expertos que engrosó a principio de los ochenta la comisión que estudió el funcionamiento de las autonomías. “Si le digo la verdad, me parece una sentencia condescendiente. Percibo un elemento de buena voluntad, de no querer hacer demasiada sangre”, introduce.
Fernández sostiene que la unanimidad se podía haber logrado también si se hubiese condenado por rebelión. Este catedrático se inclina por el delito que el Supremo ha desechado y lo razona así: “¿Qué más violencia hay que el uso del poder para derribar la Constitución? Declararon la independencia. ¡Tejero entró en el Congreso con un grupo de hombres armados porque no gobernaba las instituciones! Puigdemont no necesitaba un ejército”.
Este reputado experto en derecho administrativo afirma que los separatistas emplearon la fórmula Kosovo para proclamar la República: “Allí, en su día, el Consejo de Ministros no pudo hacerlo porque estaba tutelado por la ONU. Quienes firmaron la independencia de Cataluña lo hicieron fuera de la Cámara y a título personal. Buscaron, así, el apoyo de gobiernos extranjeros, pero no lo obtuvieron. Kosovo, sí”. “Nadie me puede decir que no hubo violencia o alteración del orden público. Gran parte de los Mossos estaban a favor de ese plan”, concluye Fernández. “La utilización del poder para un fin anticonstitucional es pura violencia”.
Fernández, sin embargo, no quiere que sus palabras se entiendan como una crítica a los magistrados del Supremo: “Entiendo la decisión que han tomado. Ha sido un juicio de once sobre diez. Era muy importante la unanimidad para buscar la convivencia y la serenidad”.
“Blindarse frente a las influencias”
Natalia Velilla, magistrada, pertenece a la Ejecutiva de la asociación judicial Francisco de Victoria. Desde un primer momento, dijo “confiar” en la “independencia” de los siete jueces que han rubricado la sentencia del procés. “Ya les gustaría a muchos políticos blindarse así frente a las influencias”, ironiza.
En relación a la unanimidad, no cree que se haya tratado de un movimiento táctico: “Los presidentes de sala la buscan en todas las sentencias relevantes. No es algo extraordinario. Cuando no es posible, no hay juez que se deje convencer. Si se han postulado así, es porque coincidían”.
Por tanto, Velilla descarta que la unanimidad esté relacionada con factores de “convivencia”: “No creo que obedezca a cuestiones políticas, sino a una meditación de varios meses. Pese a toda la contaminación mediática, el Estado de Derecho funciona”.
“Sin votos particulares”
Enrique Gimbernat, catedrático de Derecho Penal, también alaba la unanimidad lograda: “Los votos particulares habrían dado armas a las defensas de los condenados”. De cara a la posibilidad de recurrir que ostentan los condenados, apunta: “Una resolución unánime del Supremo firmada por siete magistrados de enorme solvencia es muy difícil de echar abajo”.
“La línea entre rebelión y sedición es muy delgada en este caso tan particular”. Una frase con la que reseña la dificultad del proceso. Gimbernat aduce que es “imposible” tomar posición “sin haberla leído la sentencia entera”. Él, por ejemplo, concibe que se trata de un delito de rebelión, pero entiende perfectamente los argumentos aportados por el Supremo en su dictamen.
“Esta sentencia imparte doctrina”
Manuel Almenar, presidente de la Asociación Profesional de la Magistratura, insiste en la importancia de la doctrina que implanta la sentencia. El Tribunal Supremo ha puesto sobre la mesa por primera vez los requisitos que debe entrañar un delito de rebelión: que esa violencia sea “instrumental”, “funcional” y “preordenada”. “Tomemos nota de cara al futuro”, explica.
“Es la primera vez que una sentencia entra a delimitar con esa profundidad las diferencias entre la rebelión y la sedición”, celebra. “Los actos de violencia han sido consignados, pero no se han relacionado directamente como orquestados para la consecución de la independencia”, aclara con didáctico esfuerzo.
Por eso, el Tribunal Supremo recalca que no debe entenderse la sedición como una rebelión más pequeña. “Ha habido violencia, pero no se ha entendido como una violencia ejecutada por los autores del delito para alcanzar su objetivo”, concluye Almenar.
“La unanimidad de la sentencia”
Ignacio González Vega puede permitirse el lujo de decir que, en 2018, acertó el contenido de la sentencia. La asociación a la que pertenece -Jueces y juezas para la Democracia- apostó ya entonces por la sedición. Tacharon de “técnicamente errónea” la rebelión aducida por la Fiscalía al no ubicar ese “alzamiento público” que menciona el Código Penal en la catalogación de este delito.
“Obviamente, los magistrados que han deliberado están en mejor condición que nosotros para opinar. Ha sido un juicio muy indiciario y nosotros opinamos a raíz de cómo se desarrollaron los acontecimientos”, arguye.
La violencia consignada por la sentencia, especifica González Vega, tuvo que ver con “hechos aislados” y no constituyó ese “alzamiento público” que implica la rebelión: “Por eso nos inclinamos por la sedición”.
Sobre la unanimidad, responde: “Se hacen demasiadas conjeturas. ¿Por qué no iban a estar de acuerdo los siete magistrados? Reconozco que un fallo así es mejor, pero no tengo por qué presumir discrepancias ocultas”.