Las palabras de Iván Espinosa de los Monteros todavía retumban en el Palacio de la Moncloa. "Señor Sánchez, si a usted le sucede algo, que no lo deseamos, pensar que Calvo e Iglesias estarían al frente del país nos pondría muy nerviosos", decía el portavoz de Vox el pasado 18 de marzo, día en el que el presidente del Gobierno comparecía ante el Congreso para dar cuenta del decreto sobre el estado de alarma aprobado por el Consejo de Ministros.
Este lunes, saltaba la noticia de que la vicepresidenta segunda, Carmen Calvo, estaba ingresada en la Clínica Ruber de Madrid por una infección respiratoria. Calvo se encuentra a la espera de que las pruebas confirmen si se ha contagiado de coronavirus, según anunciaba el Ejecutivo.
Tras conocerse la hospitalización de Calvo, y los positivos en el entorno familiar de Sánchez, algunos dirigentes del PP se preguntaban ya si Pablo Iglesias se convertiría en presidente en funciones, si "Sánchez cayera ahora y no pudiera ejercer su función".
La respuesta es la siguiente: el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, sólo sería sustituido en caso de caer enfermo si dicha dolencia le supusiera una incapacidad para seguir ejerciendo el cargo. Es decir, Sánchez seguiría siendo presidente hasta que se produjera su "incapacidad absoluta".
La ley prevé que le sucedería la vicepresidenta primera -esto es Carmen Calvo-, a la que seguiría por orden legal el vicepresidente segundo, Pablo Iglesias.
Diversos magistrados del Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional consultados por dicha posibilidad, así como catedráticos constitucionalistas, coinciden en señalar que las disposiciones del Real Decreto de Alarma no altera el orden de sustituciones fijado en el artículo 13 de la Ley del Gobierno, ni constitucionalmente se prevé que pueda hacerlo.
Según señalan las fuentes consultadas por Europa Press, dicho precepto señala que, en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, las funciones del presidente del Gobierno serán asumidas por los Vicepresidentes, de acuerdo con el correspondiente orden de prelación, y, en defecto de ellos, por los Ministros, según el orden de precedencia de los Departamentos.
Según los expertos consultados, dicho orden de prelación comenzaría por Calvo y seguiría por Iglesias, Nadia Calviño y concluiría por la vicepresidenta cuarta Teresa Ribera en caso de necesidad.
Debe haber presidente
Añaden que debe haber siempre presidente o vicepresidente, con independencia de que el Real Decreto de Estado de Alarma por la pandemia de coronavirus haya señalado a otros cuatro ministros -Margarita Robles (Defensa), Fernando Grande Marlaska (Interior), José Luis Ábalos (Transportes, Movilidad y Agenda Urbana) y Salvador Illa (Sanidad) para tomar decisiones relativas a esta situación excepcional.
Otro punto del citado precepto de la Ley del Gobierno señala que no se entenderá por ausencia la interrupción transitoria de la asistencia a la reunión de un órgano colegiado. "En tales casos, las funciones que pudieran corresponder al miembro del gobierno durante esa situación serán ejercidas por la siguiente autoridad en rango presente", se añade.
Las fuentes consultadas explican que Sánchez, podría seguir siendo presidente estando en cuarentena e incluso hospitalizado, ya que podría seguir en sus funciones mientras sus capacidades físicas se lo permitieran.
Si Sánchez solamente se tuviera que poner en cuarentena podría seguir ejerciendo sus funciones desde el lugar en el que se encuentre aislado, como es el caso de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.