La expresidenta del Parlamento catalán Carme Forcadell obtuvo un permiso para salir tres días de la cárcel a la semana gracias a un acuerdo de voluntariado con la Fundación Gentis. Esa entidad catalana tiene como directora a Marta Cid, dirigente de ERC y exconsejera de Educación de 2004 a 2006 con el gobierno tripartido (PSC, ERC e ICV).
Se trata de una fundación sin ánimo de lucro de la órbita del partido de Oriol Junqueras, que se encarga de “la inclusión sociolaboral de distintos colectivos, ofreciendo programas de formación profesional, inserción sociolaboral, orientación profesional, mejora de la ocupabilidad y apoyo para la ocupación”.
Según el apartado de Transparencia de su página web, han recibido contratos y subvenciones por parte del Servicio Público de Ocupación de Cataluña (SOC) dependiente de la Generalitat, del Ayuntamiento de Barcelona o de la Fundación La Caixa desde 2014. En su último ejercicio publicado, del año 2018, su principal contratista es el Gobierno de la Generalitat. Este medio ha intentado contactar con la entidad para conocer las tareas que Forcadell llevará a cargo pero no ha recibido respuesta.
El pasado 12 de febrero, la junta de tratamiento de Mas d'Enric, en Tarragona, acordó permitir a la exlíder de la Assemblea Nacional Catalana (ANC) llevar a cabo labores de voluntariado y cuidar a su madre, de edad avanzada.
Es la primera vez que la política puede salir de la cárcel, aunque el Supremo podrá revisar las salidas diarias de los presos del procés si el Ministerio Fiscal no recurre la decisión del magistrado de vigilancia penitenciaria. Como publicó este martes EL ESPAÑOL en exclusiva, el juez de vigilancia penitenciaria número 3 de Cataluña, José Ignacio Félez, remitirá al Tribunal Supremo, y no a la Audiencia Provincial de Tarragona, el recurso que el fiscal puede interponer contra la decisión de conceder el artículo 100.2 a Forcadell.
De hecho, la Fundación Gentis es unas de las organizaciones cercanas a ERC que han accedido a fichar a la condenada por sedición con el fin de que pueda acogerse al artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario y disfrutar de un régimen semiabierto pese a no haber cumplido una cuarta parte de la pena para acceder al tercer grado.
Permisos dudosos
La maniobra de Forcadell para poder abandonar la cárcel es similar a la que llevan practicando otros presos del procés, a excepción de Jordi Cuixart, que ya ha cumplido una cuarta parte de su condena y trabaja en su propia empresa.
Junqueras cambió su puesto de trabajo en el campus de la Universidad de Vic en Manresa (Barcelona) por el Monasterio de Poblet para poder salir de la cárcel, ya que debido a la crisis del coronavirus el centro universitario permanece cerrado.
En la misma línea, la expresidenta de la Cámara catalana se beneficia de que ERC controla la Fundación Gentis pese a que su currículum profesional no sería el más apto para el puesto. Caso parecido ocurre con Joaquim Forn, exconsejero de Interior, que recibió una oferta laboral del empresario Jaume Roures, muy alineado políticamente a los líderes independentistas.
No obstante, el caso de Forcadell es más grave por el hecho de que la entidad donde trabaja forma parte del entorno de ERC y una de las condiciones que justifican las salidas penitenciarias es evitar aquellos ambientes que podrían empujar a la reiteración delictiva.
El hecho de que el artículo 100.2 sea un híbrido entre tratamiento y clasificación ha permitido que los líderes independentistas se beneficien de este tercer grado encubierto mientras el resto de internos deben esperar a cumplir un cuarto de su condena.
Los educadores y juntas de tratamiento de los centros penitenciarios tienen que “contrastar” que los contratos de empleo que presentan algunos internos sean reales. “A veces presentan contratos que ves que son de un amigo y que su finalidad es que salgan de la cárcel y no para trabajar”, relata un educador consultado por este medio. Tampoco se dan para “cuidar a la familia”, como ha sido el caso de la exconsellera Dolors Bassa, condenada a 12 años de cárcel.
Esta fiscalización de los contratos de empleo también dista del caso de los presos separatistas. Según explican trabajadores de estos centros, la buena conducta o incluso situaciones de excedencia en una empresa pública para el caso de otros internos no son suficiente para acceder al 100.2.
Riesgo de repetir conducta
El auto del juez de vigilancia penitenciaria enviado al Supremo esgrime que la Fundación Gentis “está vinculada al entorno penitenciario con carácter previo a la presente oferta de colaboración” y, en este sentido, descarta cualquier “colaboración fraudulenta en la salida” de Forcadell.
En su escrito también reconoce que hay "riesgo de que se vuelva a ver envuelta en situaciones de presión social por el grupo y que reproduzca conductas reprochables relacionadas con las que motivaron la condena de ella", pero prioriza la "reinserción".
El juez no hace ninguna mención al hecho de que la entidad esté dirigida por un cargo de ERC y considera que es la propia implicada la que debe "mantenerse al margen de situaciones que favorezcan la presión externa" para incurrir de nuevo en la conducta por la que fue condenada.
Más allá de la posición del magistrado, se abre la posibilidad de que, como con el caso de Iñaki Urdangarin y su salida a través del artículo 100.2, el tribunal que lo juzgó, en este caso el Tribunal Supremo, se pronuncie por primera vez sobre cómo se está cumpliendo la condena que dictó el 14 de octubre pasado.