La juez del 51 de Instrucción de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel encargó un informe a la Unidad Orgánica de Policía Judicial de la Comandancia de la Guardia Civil de Madrid.

La finalidad de los trabajos, bautizados como Operación sanitario, era dilucidar si hubo o no delitos de prevaricación administrativa y de lesiones por imprudencia achacables al delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco.

Y su conclusión, después de más de 80 folios -que recogen investigaciones, tomas de declaración y todo tipo de diligencias-, es que "a partir del 5 de marzo de 2020 no se debería haber realizado ninguna manifestación / concentración de personas en la Comunidad de Madrid". Y que la Delegación del Gobierno en la capital tenía todos los elementos en su mano para saberlo y haber obrado en consecuencia.

El documento [consúltelo aquí] tiene al menos cinco claves para sostener esa afirmación entrecomillada que cierra el trabajo. Y que añade al final que "con motivo de la crisis sanitaria del Covid-19", desde esa fecha, marchas, reuniones y aglomeraciones en la región madrileña se tuvieron que "no celebrar unas y cancelar otras, como al final terminó ocurriendo".

1. Pruebas de Abogacía (6-M)

Porque lo cierto es que el primero de esos cinco argumentos en los que se sostiene la imputación al delegado del Gobierno, decretada por la jueza este pasado lunes, es que sí se suspendieron actos en esas fechas, por decisión del Gobierno y a causa del coronavirus.

Marlaska, en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros Efe

Concretamente, en el folio 11 del texto se recoge que "el mismo 6 de marzo de 2020, el Ministerio de Sanidad recomendó el aplazamiento de la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de abogado".

Según el informe que quería el ministro Marlaska y que el coronel Pérez de los Cobos se negaba a facilitarle, "tales circunstancias quedan recogidas y han sido publicadas en el BOE" y "en los antecedentes de hecho de la resolución del 11 de mayo de 2020 de la Dirección General para el Servicio Público de Justicia" que informaba del aplazamiento.

El coronel Diego Pérez de los Cobos, testificando en el juicio del 'procés' en el Supremo. Efe

Aun así, un día después, el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (CCAES), Fernando Simón, decía lo contrario públicamente. Preguntado en rueda de prensa acerca de la manifestación del 8-M, descartó que existiera riesgo: "Si mi hijo me pregunta si puede ir, le voy a decir que haga lo que quiera", afirmó. Eso sí, el doctor Simón ya desaconsejaba acudir a quienes tuvieran tos u otros síntomas respiratorios.

Es decir, que Sanidad ya aplicaba prevenciones reales, pero colocaba en los presuntos infectados la carga de responsabilidad de no contagiar a nadie en una marcha que alentaba el mismo Gobierno y que acabó reuniendo a más de 120.000 personas.

2.-"Prohibición" a los evangélicos (5-M)

Simón le quitaba hierro a la cosa ese 7 de marzo, un día después de la suspensión de los exámenes de Abogacía, pero sobre todo dos días después de otra reunión en la que transmitió "una recomendación con carácter imperativo", es decir, "equivalente a una prohibición" al secretario ejecutivo del Consejo Evangélico de Madrid, Manuel Cerezo, para que cancelara el IX Congreso Mundial de Asambleas de Dios, "denominado Unlimited 2020".

Simón, sobre manifestación 8M: "A mi hijo le voy a decir que haga lo quiera"

La Guardia Civil tomó declaración a Cerezo, según las notas, el 30 de abril. Y en su comparecencia éste transmitió que el 5 de marzo acudió a una reunión convocada en el Ministerio de Sanidad con el titular del departamento, Salvador Illa; el doctor Simón; el secretario, Faustino Blanco; y la directora de Salud Pública, Yolanda Fernández.

La cita se repitió al día siguiente, ya sin el ministro, y fue en ésta en la que el director del CCAES le "expresó de manera taxativa que ese congreso no se podía celebrar bajo ningún concepto" por "el alto riesgo para la propagación de contagios". Y añadía Simón como argumentación de peso "el dato de que ya en ese momento se conocían 22 casos de contagios en España". Si bien, los datos oficiales hablaban en esa fecha de 251 infectados confirmados.

Es cierto que Sanidad alegaba como segundo argumento de fuerza que "la situación de grave crisis sanitaria que atravesaba España y Europa" se agravaba "debido a la movilidad de las personas y a las concentraciones a las que asistían". Es decir, que en el caso de las pruebas de Abogacía y del congreso evangélico concurría además el agravante de la llegada a España desde el extranjero de un gran número de participantes en plena epidemia.

3.- Recomendaciones internacionales

Y todo eso ocurría porque el Ministerio de Sanidad estaba avisado oficialmente, a través de las redes internacionales, de lo que se nos venía encima. Así lo demuestra el documento de la Guardia Civil, que se ocupa de hacer una relación de "Medidas y recomendaciones propuestas en materia de salud con anterioridad al 14 de marzo", fecha de imposición del estado de alarma.

Tedros Adhanom Ghebreyesus, director general de la Organización Mundial de la Salud. Reuters

Así, el 29 de enero de 2020 -más de un mes antes de la fecha objeto de investigación judicial-, la Organización Mundial de la Salud (OMS) ya "aconseja el uso de mascarillas en el entorno comunitario, en la atención domiciliaria y en centros de salud" y propone medidas como "evitar aglomeraciones y no permanecer con frecuencia en espacios cerrados y abarrotados" o "mantener menos de un metro de distancia de cualquier persona con síntomas".

Un día después, el 30 de enero, la OMS califica "Europa como el epicentro de la pandemia, con más casos y víctimas mortales que en el resto del mundo, exceptuando China".

El 2 de marzo, el Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades (ECDC, por sus siglas en inglés), "refiere que España, al igual que el resto de Europa, se encuentra en el escenario 1, avanzando rápidamente hacia el escenario 2, en el que "aumentan las transmisiones humano-humano". Además, el ECDC apunta ya que "el nivel de riesgo en Europa" es "moderado-alto para las personas" y, concretamente, "en áreas de transmisión extendida" ya se podía considerar "alto".

El centro europeo recomendaba entonces, seis días antes del 8-M, "distanciamiento social", "comunicación de riesgos" a la población, "evitar concentraciones masivas" con "medidas organizativas tales como la cancelación o aplazamiento de eventos".

4.- Madrid (5-M, 6-M y 7-M)

El 8 de marzo, con motivo del Día Internacional de la Mujer, tuvieron lugar decenas de manifestaciones en toda España. Pero la principal fue en Madrid, con la asistencia de más de 120.000 personas. En los días previos, algunas voces ya alertaban del riesgo de mantener estas aglomeraciones, pero no fue hasta esa misma semana que la alerta se puso en boca de responsables políticos. Y la primera en hacerlo fue la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

La lideresa popular hoy está envuelta en la polémica por su discurso agresivo contra la gestión del Gobierno central. Pero entonces se limitaba a pedir más medidas de confinamiento y, en definitiva, a forzarlas en su región.

La presidenta de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, con su consejero de Sanidad, Enrique Ruiz-Escudero. Efe

Así, fue Madrid la primera autonomía que decretó el cierre de los colegios, comunicada el 10 de marzo. Y lo hizo porque el día 5 del mismo mes, según el informe de la Guardia Civil, la Consejería de Sanidad ya había emitido una nota informativa que recomendaba "que se eviten los lugares con aglomeración de personas, como eventos multitudinarios o medios de transporte públicos en hora punta".

Un día después, el 6-M, la Dirección General de Salud Pública madrileña emite una resolución por la que "se suspenden las actividades de los centros de mayores", una medida que no había impulsado ningún territorio en España en esa fecha.

Y esta medida es "puesta en conocimiento de la Delegación del Gobierno", explica el documento enviado a la jueza, detallando que a partir de esa comunicación, el Ejecutivo ya "ha de tener conocimiento expreso de la mencionada emergencia de salud pública y de todos los argumentos esgrimidos en la misma".

Es más, la comunicación de esas resoluciones se produce, "vía correo electrónico dimanante de Dña. Emma de Ramón Sánchez a la dirección de correo delegado_gobierno.madrid@correo.gob.es, a las 20.47 y 20.46 horas respectivamente del día 7 de marzo de 2020".

5.- Lo que sabía el delegado

El documento de la Guardia Civil acusa elegantemente a la Delegación del Gobierno (DG) en Madrid de ocultarle información. Y es que, más adelante, explica que "las dos resoluciones anteriormente  aludidas de fecha de 6 de marzo de 2020" llegaron por email el referido 7 de marzo, pero se les dio "entrada y registro por la DG el día 9 de marzo", lunes... y que "este dato no fue aportado en su primera contestación, habiendo sido facilitado en la segunda", con fecha de 22 de abril, "tras reiteración judicial mediante providencia".

Pero lo que puede resultar más grave para el futuro judicial del ya imputado José Manuel Franco, delegado del Gobierno en Madrid, consta en el folio 64 de las diligencias de la llamada Operación Sanitario

Carmen Calvo, durante la manifestación del 8-M en Madrid.

Con fecha de 28 de febrero de 2020, el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la DG elabora un documento titulado Informe general sobre medidas preventivas básicas a adoptar en el entorno laboral frente al nuevo coronavirus (SARS-cov-2). Ese texto fue "difundido a través de todas las cuentas de correo electrónico de la DG a las 09.12 horas del día 2 de marzo", como recoge el informe de la Guardia Civil, con informe técnico para demostrarlo.

El documento elaborado y distribuido en toda la Delegación reclama "a todo el personal de la Delegación de Gobierno" que "mantenga el distanciamiento social" y advierte de los peligros de contagio en caso de no hacerlo y sus consecuencias "que en los casos más graves puede generar hasta la muerte".

Así, es como el informe de la Guardia Civil "llega a la conclusión de que la DG tiene conocimiento de los informes, recomendaciones y documentación que han sido emitidos por los organismos nacionales e internacionales. Y que, "cuando menos con fecha de 5 de marzo" tenía "profundo conocimiento de los riesgos de la enfermedad" y por tanto, "tenía conciencia del peligro que suponía la celebración de reuniones y manifestaciones en fechas previas a la declaración del estado de alarma".

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