La nueva Ley de la Infancia que lleva hoy Pablo Iglesias al Consejo de Ministros convierte la protección de los menores ante la violencia de todo tipo en algo muy parecido a la que sufren las víctimas de violencias sexuales, según quedó consignado en la ley de del sólo sí es sí de su compañera Irene Montero.
Pero a diferencia de ésta -que rebaja las penas de base previstas para las agresiones sexuales- la nueva norma se acerca a los planteamientos de la oposición y agrava el cumplimiento efectivo de las penas a los pederastas.
Este periódico ha tenido acceso al resumen ejecutivo de la llamada ley Rhodes, que llegó a negociar Iglesias con el famoso pianista británico, y consta de 36 apartados. En uno de ellos se explica que "se endurecen las condiciones para el acceso al tercer grado de clasificación penitenciaria, a la libertad condicional y a los permisos penitenciarios por parte de las personas penadas por delitos que atenten contra la indemnidad y libertad sexuales de personas menores de dieciséis años".
El anteproyecto de Ley de Protección a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia que impulsa el departamento de Iglesias, de la mano del Ministerio del Interior y del de Justicia, estaba casi listo cuando estalló la crisis sanitaria del coronavirus. De hecho, a los ministros de Unidas Podemos sólo les dio tiempo a presentar al referida Ley de Libertades Sexuales antes de que la legislatura pareciera irse a pique.
Y del mismo modo que la norma del Ministerio de Igualdad sí endurecía las penas de un violador en caso de que éste fuera (o hubiera sido) pareja de la víctima, el primer gran proyecto de Derechos Sociales retirará la patria potestad a un progenitor que sea hallado culpable de homicidio o asesinato cuando el autor y la víctima tuvieran hijos en común y cuando la víctima fuera hijo o hija del autor.
Casi la ley socialista
Iglesias llevaba desde finales de febrero con galas de presentar un texto que, según asegura, le "llena de orgullo" y que va a ser, a su juicio, "un paso histórico" para "frenar la reproducción de una realidad execrable como es el maltrato y la violencia contra niños, niñas y adolescentes". Aun así, según ha sabido este Gobierno, el equipo de Unidas Podemos en el Ejecutivo ya está elaborando sustanciosas enmiendas para que sean introducidas durante el progreso de la Ley en las Cortes Generales.
De momento, uno de los aspectos clave para la protección de los derechos de los menores en el ámbito familiar es que "la facultad de decidir el lugar de residencia de los hijos menores de edad" se atribuirá, por fin, "a ambos progenitores". Es decir, que "con independencia de la medida que se haya adoptado en relación a su guarda o custodia", se requerirá "el consentimiento de ambos o autorización judicial" para cualquier traslado o cambio.
Un punto importante de la ley será la obligatoriedad de "denunciar al cónyuge y a los familiares cercanos de la persona que haya cometido un hecho delictivo cuando se trate de un delito grave cometido contra una persona menor de edad".
Y, en el empeño supremo de proteger a los niños o niñas víctimas menores de 14 años, la norma prevé también "como obligatoria la práctica de la prueba preconstituida por el órgano instructor". Es decir, que no se forzará al menor a "declarar reiteradamente a lo largo del procedimiento penal" sobre los hechos investigados.
En realidad, el texto que se aprobará este martes en el Consejo de Ministros, según fuentes del Gobierno, es prácticamente el mismo que ya cursó el Gobierno de Pedro Sánchez en diciembre de 2018. Ocurrió poco antes de que -aquella legislatura sí- se hundiera todo el andamiaje de apoyos parlamentarios al Ejecutivo surgido de la moción de censura en una fatídica tramitación de los Presupuestos de 2019.
Prescripción desde los 30 años
Desde entonces, Sánchez no ha sacado adelante ninguna nueva ley en el Congreso y ahora, en plena desescalada, ya tiene tres en tramitación: la referida de Igualdad, la de Cambio Climático y ésta que ahora presenta Iglesias. La razón de que el texto sea casi el mismo, "con leves cambios" según explican las fuentes, es que el Ejecutivo quería recortar los plazos administrativos y ahorrarse un nuevo informe del Consejo de Estado o del CGPJ.
De hecho, el Poder Judicial dio su visto bueno a la norma de Sánchez ya a finales de mayo de 2019. Según informó este periódico, el gobierno de los jueces avaló, sobre todo, el polémico punto de que los delitos sexuales contra menores no empiecen a prescribir hasta que la víctima cumpla 30 años y no, como hasta ahora, cuando adquiera la mayoría de edad. Una medida que casi equivale a la no prescripción del hecho, ya que el plazo acontar desde ese momento puede ser de hasta 20 años más.
Se establecen "nuevos tipos delictivos" para delitos "a través de medios tecnológicos y de la comunicación" como conductas "que promuevan el suicidio, la autolesión o los trastornos alimenticios entre personas menores de edad".
Colegios y publicidad
La ley de Iglesias no sólo crea derechos y protecciones penales a los menores. Su vocación de norma integral la adentra también en otros ámbitos, como la creación de obligaciones a las distintas Administraciones.
Así, el texto apuesta por la "formación especializada en las carreras judicial y fiscal" en materia de derechos de la infancia y la adolescencia. Y en ese sentido, se encomienda al Gobierno la elaboración de otros dos proyectos de ley "con el fin de establecer la especialización de la jurisdicción penal y civil, así como del Ministerio Fiscal".
Se creará la figura del Delegado de Protección en las entidades que realizan actividades deportivas o de ocio y la de Coordinador de Bienestar y Protección en los colegios. Sus funciones serán el "funcionamiento de los protocolos de actuación frente a indicios de acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia de género y
cualquier otra forma de violencia".
Además se dotará de la categoría de agentes de la autoridad a los funcionarios que desarrollan su actividad profesional en los servicios sociales. Y, finalmente, se prohibirá la publicidad que pueda provocar en los menores "la adopción de conductas violentas" sobre sí mismos o sobre terceros, "así como los que integren una serie de estereotipos de carácter sexista, racista, estético o de carácter homofóbico o transfóbico".