A finales de septiembre la desescalada llegó al escudo social de la pandemia. El Gobierno dejó de cubrir con subsidios, ayudas y prohibiciones algunas de las consecuencias socioeconómicas derivadas del confinamiento por la epidemia de la Covid. Entre ellas, la prohibición de los cortes de suministros básicos, es decir, agua, gas y electricidad para los impagos de familias vulnerables. Este martes 22 de diciembre, y como anticipó este diario, casi tres meses después, la medida volverá a estar en vigor.
La prohibición durará hasta el final del estado de alarma, el próximo 9 de mayo. Y, como ya anunció EL ESPAÑOL, irá en el mismo decreto que la prohibición de los desahucios sin alternativa habitacional. El acuerdo al que habían llegado la Vicepresidencia de Derechos Sociales de Pablo Iglesias (Unidas Podemos y el Ministerio de Transportes, de José Luis Ábalos (PSOE), se ha hecho extensivo a la Vicepresidencia de Transición Ecológica, de Teresa Ribera (PSOE).
La negociación ha durado más de un mes, desde que el 17 de noviembre, Unidas Podemos presentó una enmienda de la mano de Bildu y Esquerra Republicana al anteproyecto de Presupuestos Generales. La reacción de los ministros del PSOE fue furibunda, y el propio Ábalos llegó a decir en público que si esa medida no estaba incluida en los Presupuestos es porque "ya se había negociado", entre María Jesús Montero (PSOE) y Nacho Álvarez (Podemos), "y no se había llegado a un acuerdo".
Ahora, después de que el presidente Pedro Sánchez y su socio, Pablo Iglesias, acordaran mano a mano que se negociaría un nuevo decreto y que cada una de las partes defendería sus posturas en este como si no hubiese coalición -es decir, cada uno según sus intereses-, Ione Belarra ha comandado las negociaciones por el lado morado del Ejecutivo. Tras varias semanas de intensa negociación, fuentes de Unidas Podemos aseguran que la formación morada ha "conseguido que ambas iniciativas sean ya una realidad" a partir de este martes "y mientras dure el actual estado de alarma".
Según las mismas fuentes, tanto la suspensión de los desahucios como la prohibición de los cortes de suministros "incluye también a las personas vulnerables pre Covid", no sólo a las afectadas durante la pandemia. Y en el caso de desahucios, "existirán compensaciones a los grandes tenedores, tal y como exigía el PSOE, pero las podrán recibir si pueden justificar perjuicio económico".
Hasta el pasado viernes, el equipo de Belarra lamentaba que Ribera no la hubiese recibido ni le hubiese enviado propuesta alguna depara esta disposición adicional del decreto.
Los detalles
Se suspenden durante el estado de alarma los desahucios sin alternativa habitacional de familias vulnerables con motivo de impago del alquiler.
También se suspenden los desahucios de las familias vulnerables con menores y dependientes y víctimas de violencias machistas, que residan en viviendas de grandes tenedores de vivienda, aunque no tengan título habilitante. Es decir, núcleos de convivencia okupas en situación vulnerable.
En todos los casos, los servicios sociales de las Comunidades Autónomas tendrán que ofrecer una alternativa habitacional que sea una vivienda digna antes del fin de la suspensión.
Las compensaciones económicas para los propietarios deberán esperar al menos tres meses desde que se paralice el desahucio.
Sólo entonces, a partir de los tres meses de la emisión del informe de vulnerabilidad por los servicios sociales, si no se hubiese facilitado una alternativa habitacional, se compensará a los arrendadores desde el momento en el que se acordara la suspensión. Esto, en el caso de grandes tenedores, sólo se aplicará si la vivienda se encontraba en venta o arrendamiento antes de la entrada del inmueble, y estos pueden justificar "perjuicio económico". Si no, no recibirán compensación.
Cortes de suministros
Por otro lado, se prohíben durante el estado de alarma los cortes de suministros de luz, agua y gas natural; para consumidores "vulnerables, vulnerables severos o en riesgo de exclusión social".
Igualmente, aplicará no sólo a los titulares del contrato, sino a aquéllas personas que no puedan acreditarlo pero que reúnan dichas condiciones, pudiendo acreditar dicha circunstancia por medio de los servicios sociales o los mediadores sociales (entidades del Tercer Sector).