El Ministerio de Consumo prohibirá la publicidad de "alimentos perjudiciales" para la salud de los menores en todos los medios de comunicación, incluidas redes sociales, cine, páginas web y aplicaciones.
Chocolates, productos de pastelería, bebidas energéticas, zumos y helados no podrán ser anunciados en televisión y otras plataformas con el objetivo de "defender" los intereses de niños y adolescentes "frente a la industria alimentaria" y frenar los altos índices de sobrepeso y obesidad infantil en España.
Así lo ha anunciado este jueves el departamento que dirige Alberto Garzón, que explica que la regulación de los productos que se pueden anunciar se hace ajustándose a los perfiles nutricionales de la Organización Mundial de la Salud, mucho más estrictos, y no a los de Nutri-Score, el semáforo nutricional que se aplica aquí en España, ni al Código Paos establecido por la propia industria alimentaria.
Salsas y snacks
La norma de Consumo, que se regulará vía real decreto, establece cinco categorías de productos que tienen prohibido publicitarse. El primero es el de confitería de chocolate y azúcar, barritas energéticas y coberturas dulces y postres. El segundo, el resto de productos pasteleros. Le siguen el de bebidas energéticas, los zumos y los helados.
Para el resto de categorías de productos se establece un límite de contenido en nutrientes por cada 100 gramos. Así, no se podrán anunciar bebidas, snacks o salsas con azúcares añadidos o preparados con más de 225 kcal por cada 100 gramos.
El Ministerio de Consumo alerta de que uno de cada tres niños sufre sobrepeso u obesidad en España y asegura que la publicidad es una de las causas de esta cifra.
Horario infantil y RRSS
Con esta regulación, Consumo prohíbe anunciar este tipo de productos en cualquier programa emitido en horario de protección reformada a menores. Es decir, de 8:00 a 9:00 horas y de 17:00 a 20:00 horas de lunes a viernes, y sábados, domingos y festivos de 9:00 a 12:00.
Fuera de ese horario, no habrá anuncios de chocolates, galletas, zumos, bebidas energéticas y productos de pastelería en ningún canal infantil -Clan TV, Boing, Disney Channel...-, en radios y televisiones generalistas siempre y cuando haya una "elevada audiencia de menores de 16 años", y antes, durante y después de programas destinados al público infantil en la televisión online en abierto.
Tampoco se podrán ver estos anuncios en internet, redes sociales y aplicaciones con contenidos para menores de 16; ni en medios impresos o secciones dirigidas a este público.
En 2022
El ministro de Consumo, Alberto Garzón, ha afirmado que este procedimiento será rápido y que se prevé para 2022. "El trabajo está hecho. Tenemos los informes pertinentes para adaptar estos perfiles nutricionales de la OMS, al sistema de regulación y ya se ha hablado con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia".
"En España el exceso de sobrepeso es del 23,3% y la obesidad del 17, 3%. La suma supera el 40% para los niños de entre 6 y 9 años. Son cifras alarmantes y preocupantes", ha alertado el ministro, y ha añadido que estas cifras son el doble entre las familias más humildes que entre las más adineradas, según el informe Aladino 2019.
Asimismo, ha constatado evidencias de que las distintas estrategias puestas en marcha desde hace más de una década para disminuir la obesidad y el sobrepeso infantil, como el Código de autoregulación Paos establecido por la propia industria alimentaria, ha sido algo "del todo insuficiente".